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9 NORMAS LEGALES Martes 26 de julio de 2022 El Peruano / RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 31528 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS RELATIVO A LA CELEBRACIÓN DEL QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos Relativo a la Celebración del Quincuagésimo Segundo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General, suscrito el 8 de julio de 2022 en Washington D. C., Estados Unidos de América. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiún días del mes de julio de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICALima, 25 de julio de 2022Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2089960-3 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Vocal de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI RESOLUCIÓN SUPREMA N° 189-2022-PCM Lima, 25 de julio de 2022 VISTO: El O fi cio Nº 000288-2022-PRE/INDECOPI del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual es un órgano con autonomía técnica y funcional constituido por Salas Especializadas en los asuntos de competencia resolutiva del INDECOPI; Que, el literal c) del artículo 5 de la citada Ley, establece que, corresponde al Consejo Directivo del INDECOPI proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros la designación de los Vocales de las Salas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, tomando en cuenta la opinión del Órgano Consultivo; Que, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 13.1 y 13.3 del artículo 13 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, los vocales de las Salas del Tribunal son designados por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, y el periodo de su designación es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, mediante Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del INDECOPI, se propone a la Presidencia del Consejo de Ministros la designación del señor ESTEBAN ANIBAL CARBONELL O’BRIEN como Vocal de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, propuesta que cuenta con la opinión favorable del Consejo Consultivo de la mencionada entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1. Designar, por un periodo de cinco (5) años, al señor ESTEBAN ANIBAL CARBONELL O’BRIEN como Vocal de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Artículo 2. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2089960-8 Designan Vocal de la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI RESOLUCIÓN SUPREMA N° 190-2022-PCM Lima, 25 de julio de 2022VISTO: El O fi cio Nº 000269-2022-PRE/INDECOPI del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, y;