TEXTO PAGINA: 87
87 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2022 El Peruano / vigencia de la presente ordenanza, según lo dispuesto en los artículos precedentes. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no serán pasibles de devolución y/o compensación y los reclamos pendientes con el pago del tributo en este incentivo tributario, generarán el desistimiento automático en sus solicitudes. Segunda.- Los deudores tributarios cuyas obligaciones se encuentren impugnadas, ante otras instancias distintas a la Municipalidad, podrán acogerse a los bene fi cios siempre que presenten el cargo de desistimiento de las impugnaciones presentadas ante la entidad correspondiente. Tercera.- Asimismo, podrán acogerse a la presente ordenanza respecto de las deudas no incluidas en el convenio de fraccionamiento, previo cumplimiento de las condiciones señaladas en el Artículo Segundo. Cuarta.- Precisar que los bene fi cios tributarios establecidos en la presente ordenanza incluyen a los propietarios inafectos al pago del Impuesto Predial y a los sujetos pasivos al pago de Arbitrios Municipales en calidad de contribuyentes en relación a las licencias de funcionamiento por las actividades que realice por las deudas que le correspondan. Solo podrán acogerse a los descuentos establecidos en la Modalidad 1. Quinta.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza, así como aprobar y determinar la prórroga de su vigencia. Sexta.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Económico, así como a las unidades orgánicas que las conforman, Gerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Tecnología de la Información, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Asimismo, a la Secretaría General su publicación en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la divulgación y difusión en el portal institucional de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 2078681-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHECCA Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad (TUPA) de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2022-MDCH EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHECCA POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Checca. VISTO: El Expediente Administrativo, presentado por el consultor, sobre la Elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), Informe de Conformidad del Área Usuaria y Opinión Legal favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Checca.CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”; Que, el Texto único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General establece en el Artículo 40 que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos. Asimismo, el Artículo 40 numeral 3 señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente; Que, en el proceso de elaboración de la propuesta se ha utilizado el Sistema Único de Trámite (SUT) que es una “aplicación web que permite la elaboración simpli fi cada y estandarizada del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). También, sirve de repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de todas las entidades de la administración pública, el cual es de libre acceso para la ciudadanía”. Que, mediante Informe Nº 0033-2022-MDCH-OPPIC/ C-C, el Jefe de O fi cina Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, remite a la Gerencia Municipal, su informe de conformidad sobre la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad Distrital de Checca. Que, mediante Opinión Legal Nº 024-2022-MDCH- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la aprobación del proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad Distrital de Checca. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades establecidas en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972; el Consejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHECCA Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Checca, que consta de 125 páginas y que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios Prestados en Exclusividad (tasas) contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a los órganos y unidades orgánicas el cumplimiento de la presente norma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal, en el Diario O fi cial “El Peruano”, el cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en la Municipalidad Distrital de Checca, a los 15 días del mes de marzo del año 2022. POR LO TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla.JOSÉ CARLOS CHAIÑA CARPIO Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O ficial El Peruano, sección Normas Legales. 2078540-1