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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (19/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2022 El Peruano / GOB.REG.TACNA, de fecha 15 de abril de 2019, de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 072-2019-GRDIS-SGPDSIO/GOB.REG.TACNA, de fecha 18 de marzo de 2019, de la Sub Gerencia de Población, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades quienes consideran que el Consejo Regional debe analizar evaluar y/o aprobar la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 007-2018-CR/GOB.REG.TACNA, respecto a la inclusión del Representante del Ministerio Público en la Instancia Regional de Concertación, aprobada con la mencionada ordenanza. Que, mediante O fi cio Nº 120-2019-GRDIS-SPDSIO/ GOB.REG.TACNA, de fecha 08 de julio de 2019, la Sub Gerencia de Población, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, solicita a la Presidencia de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional, la creación de la Instancia Regional de Concertación para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, mediante la emisión de Ordenanza Regional en la modalidad de modi fi catoria. Que, mediante O fi cio Nº 2066-2021-SGPDIOCC- GRDIS/GOB.REG.TACNA, de fecha 19 de noviembre de 2021, la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, remite al Consejo Regional de Tacna el Informe Técnico Nº 016-2021-GRDIS-SGPDSIOCC/GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de noviembre de 2021, de la Sub Gerencia de Población, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades y Comunidades Campesinas, sobre modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 007-2018- CR/GOB.REG.TACNA, donde se señala: “(…) IV. CONCLUSIÓN. - (…), es procedente la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 007-2018-CR/GOB.REG.TACNA, respecto a la inclusión del representante del Ministerio Público, para que conforme la “Instancia Regional de Concertación de la Región Tacna para erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar”, y se derive al Consejo Regional para su trámite correspondiente”, y se derive al Consejo Regional a fi n de que actúe de acuerdo a sus competencias”; para lo cual adjunta Acta de Sesión Ordinaria “Instancia Regional de Concertación de la Región Tacna para erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar de la Región de Tacna”, de fecha 09 de noviembre de 2021, y el O fi cio Nº 001029-2021-MP-FN-PJFSTACNA, de fecha 02 de junio de 2021, emitido por la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, que consideran necesario se constituya al Ministerio Público como miembro integrante de la Instancia Regional de Concertación en la mencionada Ordenanza Regional. Que, mediante O fi cio Nº 207-2021-CODIS-CR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 22 de noviembre de 2021, la Comisión Ordinaria de Desarrollo e Inclusión Social solicita al Gerente Regional de Asesoría Jurídica actualizar opinión legal. Que, mediante O fi cio Nº 1271-2021-ORAJ-GGR- GR/GOB.REG.TACNA, de fecha 03 de diciembre de 2021, Gobernación Regional de Tacna remite al Consejo Regional de Tacna Opinión Legal sobre modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 007-2018- CR/GOB.REG.TACNA. Que, con Opinión Legal Nº 2008-2021-GRAJ/GOB. REG.TACNA, de fecha 30 de noviembre de 2021, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica señala: “(…) III. ANÁLISIS. - (…).13. (…) la Ley Nº 30364 y de su Reglamento aún se encuentran vigente; en ese sentido, estando a lo dispuesto en su numeral 105.1 de su artículo 105 del Reglamento, la máxima autoridad de la Junta de Fiscales del Ministerio Público integra la Instancia Regional de Concertación; en consecuencia, corresponde su incorporación en la Ordenanza Regional Nº 007-2018-CR/GOB.REG.TACNA, (…). IV. CONCLUSIONES. - (…), es procedente aprobar la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 007-2018-CR/GOB.REG.TACNA, respecto a la inclusión del representante del Ministerio Público para que conforme la “Instancia Regional de Concertación de la Región Tacna para erradicar la Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar”, (…)”. Que, con Informe del Asesor de Comisión Nº 003-RINH-2022-CODIS-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 08 de marzo de 2022, sobre: “MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2018-CR/GOB.REG.TACNA”, se señala lo siguiente: En atención a los fundamentos expuestos y la documentación que se adjunta, esta Asesoría de la Comisión Ordinaria de Desarrollo e Inclusión Social de Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, considera que resulta PROCEDENTE aprobar “MODIFICAR EL Artículo PRIMERO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2018-CR/GOB.REG.TACNA”, respecto a la inclusión del Ministerio Público para que conforme la “Instancia Regional de Concertación de la Región Tacna para Erradicar la Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar”; acorde a los informes técnicos y legal favorables emitida por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna y por el Ministerio Público. Que, considerando las normas antes indicadas y las opiniones favorables emitidas por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, resulta pertinente modi fi car el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 007-2018-CR/GOB.REG.TACNA, a fi n de que se constituya al Presidente/a de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna como miembro integrante de la “Instancia Regional de Concertación de la Región Tacna para Erradicar la Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar”, con la fi nalidad de que se puedan acreditar a sus representantes titular y alterno, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 105.1 del artículo 105 del Reglamento de la Ley Nº 30364. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 007-2018-CR/GOB.REG.TACNA, con el siguiente texto: “Artículo Primero: APROBAR la creación de la “INSTANCIA REGIONAL DE CONCERTACIÓN DE LA REGIÓN TACNA PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR”, con el objeto de permitir la elaboración, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel regional y promover el cumplimiento de la Ley Nº 30364, la cual estará conformada por: 1.1. El/la Gobernador/a del Gobierno Regional. 1.2. El/la Gerente/a Regional de Desarrollo e Inclusión Social. 1.3. El/la Gerente/a Regional de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. 1.4. El/la Director/a Regional de Educación.1.5. El/la director/a Regional de Salud.1.6. El/la Jefe/a de la Jefatura Policial.1.7. El/la Presidente/a de la Corte Superior de Justicia.1.8. Los/as Alcaldes/as de la Municipalidades Provinciales. 1.9. Los/as Representantes del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 1.10. El/la Director/a Distrital de la Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Tacna. 1.11. El/la Jefe/a de la O fi cina Defensorial de Tacna. 1.12. El/la Representante de las asociaciones u organizaciones no gubernamentales involucradas en la lucha contra la violencia hacia la mujer e integrantes del grupo familiar. 1.13. El/la Presidente/a de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de Tacna, así como a la Instancia Regional de Concertación para erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar de la Región de Tacna la implementación de la presente Ordenanza Regional.