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76 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2022 El Peruano / Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Educación del Gobierno Regional de La Libertad, apoyar a la Comunidad Campesina de Uchumarca, a fi n de obtener la patente del Escudo de la referida Comunidad ante el INDECOPI. Artículo Cuarto.- SUGERIR a la Comunidad Campesina de Uchumarca, que su Escudo esté impreso en sus documentos de gestión, en su banderola y otros que estime conveniente utilizar este emblema comunal. Artículo Quinto.- RECOMENDAR a la Comunidad Campesina de Uchumarca, elaborar su bandera, su himno de la comunidad, a fi n de que estos emblemas sean utilizados en la celebración de su aniversario de creación de la comunidad campesina, así como en los actos donde se les inviten a participar. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional La Libertad. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los treintiún días del mes de marzo del año dos mil veintidós. GONZALO ALFREDO RODRIGUEZ ESPEJO Presidente del Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad. MANUEL FELIPE LLEMPEN CORONEL Gobernador Regional 2078646-1 Modifican el TUPA - SUT del Gobierno Regional de La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000008-2022-GRLL-CR Trujillo, 9 de junio del 2022EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad; de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: En Sesión Ordinaria Presencial de fecha 07 de junio del 2022, VISTO Y DEBATIDO el O fi cio N° 046 -2022- GRLL/CR-COMPLAN, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, Dr. David Osvaldo Calderón De Los Ríos, que contiene el Dictamen N° 016-2022-GRLL/CR-COMPLAN recaído en el proyecto de Ordenanza Regional relativo a APROBAR, la modi fi cación de las Ordenanzas Regionales N° 024-2018-GR-LL/CR y N° 034-2018-GR-LL/CR, para incorporar Ciento Sesenta y seis (166) procedimientos administrativos al TUPA-SUT del Gobierno Regional de La Libertad, Ciento cuarenta y seis (146) Procedimientos Administrativos Estándar, Un (01) Servicio en Exclusividad Estándar, Tres (03) Procedimientos Administrativos Modi fi cados y Dieciséis (16) Procedimientos Administrativos Nuevos, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo previsto en los Artículos 191° concordante con el artículo 192° de la Constitución Política del Perú, establece que: “los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y “promueven el desarrollo y la economía regional, fomenta las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 8 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional: Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el artículo 38 de la misma Ley, expresa que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; Que, el Gobierno Regional de La Libertad Mediante Ordenanza Regional N°024-2018-GR-LL/CR y N°034-2018-GR-LL/CR, aprobó la modi fi cación y actualización del Texto Único de Procedimientos administrativos (TUPA), para actualizar las normas, nombres e incorporar nuevos procedimientos; Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 5-A de la Ley Nº27658; Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, tiene por fi nalidad velar por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; y propiciar la simpli fi cación administrativa, siendo uno de sus componentes la mejora de la calidad regulatoria, que incluye la estandarización de procedimientos administrativos; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013- PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, siendo el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. La misma que es de aplicación a las Entidades de la Administración Pública, comprendiéndose a los Gobiernos Regionales”; Que, acorde al literal a) del numeral 7.1 del artículo 7.° del Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, la simpli fi cación administrativa tiene como propósito identi fi car y eliminar requisitos, exigencias y formalidades innecesarias en los procedimientos administrativos y reducir los tiempos de espera. La priorización de las acciones de simpli fi cación administrativa toma en cuenta si los procedimientos son de alta demanda de prioridad para la población, impactan en múltiples actividades económicas, tienen elevados costos de cumplimiento tiempos de espera o número de quejas y sugerencias, entre otros criterios; Que, mediante Decreto Legislativo N°1203, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros aprueba la creación de la herramienta de Sistema Único de Trámite - SUT, con la fi nalidad de sistematizar el registro, revisión, visado, aprobación y publicación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que permite el análisis y simpli fi cación del procedimiento (Tablas ASME), la sustentación técnica del costo, elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en menor tiempo; Que, a través de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº001-2018-PCM-SGP, se establece las condiciones mínimas y los plazos para la implementación y uso progresivo del Sistema Único de Trámites (SUT)