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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (19/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2022 El Peruano / 2022, sobre: “APROBAR EL REGLAMENTO PARA SESIONES VIRTUALES A TRAVÉS DE VIDEO CONFERENCIAS DEL PLENO Y COMISIONES DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”. Artículo Segundo: APROBAR EL REGLAMENTO PARA SESIONES VIRTUALES A TRAVÉS DE VIDEO CONFERENCIAS DEL PLENO Y COMISIONES DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”, el mismo que consta de cuarenta (40) artículos, distribuidos en cinco (05) capítulos y dos (02) Disposiciones Finales, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional Artículo Tercero: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo, a la Secretaría del Consejo Regional y demás órganos del Gobierno Regional de Tacna el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional y a la O fi cina de Tecnología de la Información del Gobierno Regional de Tacna conforme a sus atribuciones el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Sexto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día once de abril de 2022 ARNOLD ELVIS CONDORI CUTIPA PresidenteConsejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día veinte de abril de dos mil veintidós. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador RegionalGobierno Regional de Tacna 2078772-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban el “Reglamento del sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público para las Elecciones Regionales y Municipales del domingo 2 de octubre de 2022, para la elección de gobernadores, vicegobernadores y consejeros de los gobiernos regionales, y a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2022-MPL Pueblo Libre, 16 de junio de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE; VISTO, el Memorando N° 344-2022-MPL-GM del 14 de junio de 2022 de la Gerencia Municipal, y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; asimismo el artículo 39 de la citada Ley, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42 de la citada Ley, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el literal d) del artículo 186 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que los partidos, agrupaciones independientes y alianzas, sin necesidad de permiso de autoridad política o municipal y sin pago de arbitrio alguno, pueden efectuar la propaganda del partido o de los candidatos, por estaciones radiodifusoras, canales de televisión, cinemas, periódicos y revistas o mediante carteles ubicados en los sitios que para tal efecto determinen las autoridades municipales; Que, mediante Ordenanza N° 424-MPL, Ordenanza que autoriza y regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral en el Distrito de Pueblo Libre, se establecen disposiciones de carácter obligatorio en la jurisdicción del distrito de Pueblo Libre, sobre la ubicación y difusión de propaganda electoral durante los períodos electorales, así como el retiro de los mismos, dentro de los límites que señala la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859; Que, mediante Ordenanza Nº 462-MPL, se modi fi ca el artículo 7 de la Ordenanza N° 424-MPL, estableciéndose cuáles son las bermas centrales de las vías (por razones de ornato) en las que se podrá instalar paneles y/o carteles en bienes de uso público para la difusión de propaganda electoral. Asimismo, se establece que las cantidades máximas permitidas por cada una de las vías, quedan detalladas en el referido artículo 7, las cuales serán materia de sorteo público, conforme el reglamento que regulará dicho procedimiento y será elaborado por la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización dependiente de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 462-MPL, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda establecer las disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la ordenanza; entre ellas el sorteo para la distribución de las ubicaciones; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2022-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 04 de enero de 2022, el Presidente de la República convocó a Elecciones Regionales y Municipales, para el Domingo 02 de Octubre de 2022; Que, mediante Resolución N° 932-2021-JNE, se aprobó el Cronograma Electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022; Que, mediante Informe N° 076-2022-MPL-GRDE- SGDEC de fecha 08 de junio de 2022, la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización remite a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico el proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Reglamento del Sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso para las Elecciones Regionales y Municipales 2022;