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82 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2022 El Peruano / Aprueban el Reglamento para Sesiones Virtuales a través de Video Conferencias del Pleno y Comisiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2022-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha once de abril de dos mil veintidós, en Sesión Extraordinaria realizada en forma presencial, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador, el Gobernador Regional, como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional (...), como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 4 establece que: “(…) Los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial (…) garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”; asimismo, el artículo 15 establece como atribuciones del Consejo Regional: “a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”; y el artículo 38 dispone que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales.”. Que, mediante Ley Nº 31270, Ley que Regula las Sesiones Virtuales de Consejos Regionales, de fecha 24 de junio del 2021, en su artículo 3. Sesiones virtuales en Consejos Regionales: Agregase el artículo 14-A a la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, con el texto siguiente: “Artículo 14-A. Sesiones virtuales de Consejo Regional. En situaciones de estado de excepción, declarada conforme a la normativa vigente y ante la imposibilidad de reunirse de manera presencial, el Consejo Regional puede sesionar válidamente utilizando medios virtuales, conforme lo disponga su reglamento y respetando las reglas que se señalan en la presente Ley para las sesiones ordinarias y extraordinarias con relación a la convocatoria, el quorum requerido, el registro adecuado de las deliberaciones, así como la votación necesaria para adoptar acuerdos. - Los procedimientos que se sigan para su convocatoria, deliberaciones, votaciones y acuerdos deben garantizar el carácter público, abierto y transparente de los debates virtuales; la participación sin restricciones de los consejeros; la libre deliberación y el voto personal, directo y público de cada consejero”. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, aprobado por Ordenanza Regional Nº 016-2019-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 15 de enero de 2020, en su artículo 97 sobre utilización de la videoconferencia señala: “Excepcionalmente y por causas debidamente justifi cadas de o fi cio o a pedido de parte, mediante Acuerdo de Consejo Regional se podrá disponer el uso de la videoconferencia para la participación de un/a Consejero/a Regional en la Sesión del Pleno del Consejo Regional o de Comisiones del Consejo Regional, cuando no sea posible su presencia física en el lugar de realización por di fi cultades de distancia, seguridad personal, afectación de la salud, o por cualquier causa de análoga característica que haga difícil su concurrencia. También se podrá utilizar la videoconferencia para la participación en las sesiones de Pleno del Consejo Regional y Comisiones del Consejo Regional de personas y funcionarios/as invitados/as o citados/as. El Ejecutivo Regional a través de la O fi cina de Tecnología de la Información deberá implementar las medidas de orden logístico y técnico que sean pertinentes para el adecuado funcionamiento del sistema de videoconferencia”. Que, mediante O fi cio Nº 008-2021-EAPM-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 16 de setiembre de 2021, emitido por el Consejero Regional Ing. Edilberto A. Parihuana Mamani, se remite al Consejo Regional de Tacna la propuesta normativa a nivel de Ordenanza Regional. Con Proveído, de fecha 22 de setiembre de 2021, la Presidenta del Consejo Regional Prof. Dany Luz Salas Ríos, remite a la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos Regionales, el O fi cio Nº 008-2021-EAPM- CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 16 de setiembre de 2021, sobre: Propuesta Normativa – Ordenanza Regional. Que, con O fi cio Nº 006-2022-CONyRR-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 09 de febrero de 2022, emitido por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos Regionales del Consejo Regional, solicita al Gerente General Regional del Gobierno Regional de Tacna, Opinión Técnica sobre propuesta normativa. Mediante Opinión Legal Nº 258-2022-GRAJ/GOB. REG.TACNA, de fecha 02 de marzo de 2022, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica sobre proyecto de Ordenanza Regional, señala: “(…) 3. CONCLUSIONES. - En mérito a los fundamentos antes expuestos, esta Gerencia Regional OPINA: 3.1. “Que, resulta Viable Legalmente, la aprobación del proyecto de Ordenanza Regional: “APROBAR EL REGLAMENTO PARA SESIONES VIRTUALES A TRAVÉS DE VIDEO CONFERENCIAS DEL PLENO Y COMISIONES DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”. 4. RECOMENDACIONES. – “Que, se recomienda otorgar el trámite correspondiente, a fi n de que sea derivado al Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su aprobación mediante Ordenanza Regional.” Que, mediante Informe del Asesor de Comisión Nº 001-2022-MOUV-CONyRR-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 06 de abril de 2022, teniendo en cuenta las normas antes indicadas, así como el análisis jurídico de la misma; la Asesoría de la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos Regionales de Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, considera que es PROCEDENTE “Aprobar el Reglamento para Sesiones Virtuales a través de Video Conferencias del Pleno y Comisiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna”. Que, la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos Regionales del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 001-2022-CONyRR-CR, de fecha 06 de abril de 2022, sobre: “APROBAR EL REGLAMENTO PARA SESIONES VIRTUALES A TRAVÉS DE VIDEO CONFERENCIAS DEL PLENO Y COMISIONES DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria, de fecha 11 de abril de 2022. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoría, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero: APROBAR el Dictamen Nº 001-2022-CONyRR-CR, de fecha 06 de abril de