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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (20/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Lunes 20 de junio de 2022 El Peruano / Artículo 3.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a los señores Christian Jara Campos y José Luis Millones Gómez, y a los órganos del Seguro Integral de Salud, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ERNESTO VIDAL FERNÁNDEZ Jefe del Seguro Integral de Salud 2078877-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Rectifican de oficio el error material incurrido en numeración de Resolución de Presidencia RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 066-2022-CONCYTEC-P Lima, 14 de junio de 2022 VISTOS: La Resolución de Presidencia Nº 43-2022-CONCYTEC-P, y el Informe Nº 081-2022-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y el Proveído Nº 204-2022-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución de Presidencia Nº 43-2022-CONCYTEC-P, publicada el 5 de mayo de 2022, se acepta la renuncia presentada por la servidora Ana Fabiola Zárate Anchante, en el cargo de Jefa de la Ofi cina General de Administración del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, dándosele las gracias por los servicios prestados; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe de Vistos, señala que existe error material en la numeración de la Resolución de Presidencia Nº 43-2022-CONCYTEC-P debiendo decir Resolución de Presidencia Nº 44-2022-CONCYTEC-P; Que, señala que, según el artículo 6 de la Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, las Leyes y normas de menor jerarquía publicadas en el diario o fi cial que contengan errores materiales deben ser objeto de recti fi cación mediante fe de erratas dentro de los diez días útiles siguientes. De no publicarse la fe de erratas en el plazo señalado, la recti fi cación sólo procede mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior; Que, agrega, que el numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a solicitud de parte, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, asimismo, el numeral 212.2 del artículo 212 del acotado TUO, establece que la recti fi cación debe adoptar las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; es decir, se tiene que proceder a recti fi car el error de la misma forma en la que fue expedido; Que, en ese sentido, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que considerando que la recti fi cación de la numeración no altera lo sustancial del contenido ni el sentido de la decisión adoptada en la mencionada Resolución, resulta viable legalmente su recti fi cación de ofi cio; Con la visación de la Secretaria General (e); y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; y, De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e innovación Tecnológica; en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC); en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, en el Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Recti fi car de o fi cio el error material incurrido en la numeración de la Resolución de Presidencia que se indica a continuación: DICE: Resolución de Presidencia Nº 43-2022-CONCYTEC-P DEBE DECIR: Resolución de Presidencia Nº 44-2022-CONCYTEC-P Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Administración, y a la O fi cina de Personal, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC (www.gob.pe/concytec), en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 2078878-1 Designan temporalmente a servidora como responsable de entregar información pública solicitada al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 68-2022-CONCYTEC-P Lima, 17 de junio de 2022VISTOS: El Memorando Nº 031-2022-CONCYTEC- TRANSPARENCIA, de la Responsable de entregar la información pública solicitada al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC; y el Informe Nº 083-2022- CONCYTEC-OGAJ-EMAF que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través del Proveído Nº 207-2022-CONCYTEC-OGAJ; y, CONSIDERANDO:Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía cientí fi ca, técnica, económica, administrativa y fi nanciera y, que constituye un pliego presupuestal, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología