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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (23/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 23 de junio de 2022 El Peruano / Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor del Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO N° 134-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Décimo Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, señala que en todos los compromisos contractuales que se celebren en el marco del artículo 11 de la citada Ley, se establece un porcentaje, no menor del 3%, para ser invertido por la Autoridad Portuaria Nacional en el Sistema Portuario Nacional en función de los requerimientos del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, de los gastos operativos de la Autoridad Portuaria Nacional y del Fondo de Compensación del Desarrollo Portuario. Asimismo, otro porcentaje que será de fi nido en el Reglamento de dicha Ley, se trans fi ere a la Autoridad Marítima para el cumplimiento de sus respectivas competencias en la defensa, seguridad y protección ambiental en las aguas jurisdiccionales del país; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 016-2006- MTC, Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional establece que los porcentajes a favor de la Autoridad Portuaria Nacional y de la Autoridad Marítima a que se re fi ere la Décimo Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, se calculan directamente de la retribución que tuviera que pagar el sector privado al Estado, conforme a los compromisos contractuales que se suscriban al amparo de lo dispuesto en el artículo 11 de la citada Ley, correspondiendo a la Autoridad Portuaria Nacional el 70% y a la Autoridad Marítima el 30% de dicha retribución; Que, el inciso 1 del artículo 4 de la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector respectivo, a propuesta del Titular del Pliego, se incorporan los recursos provenientes de los procesos de concesión, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante los Oficios N° 00450-2022-MINDEF/ DM y N° 01669-2022-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa solicita la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 10 513 216,00 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, monto que corresponde al equivalente del 30% de las retribuciones pagadas por la Concesión del Nuevo Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao - Zona Sur, del Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao y del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, del periodo de mayo a diciembre del Año Fiscal 2021, depositados por la Autoridad Portuaria Nacional en la cuenta del Tesoro Público, para financiar el cumplimiento de las competencias de la Autoridad Marítima, orientadas a la defensa, seguridad y protección ambiental en las aguas jurisdiccionales del país; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00134-2022-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con el sustento respectivo; Que, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando N° 0349-2022-EF/52.06, precisa que, por dicho concepto, los montos acreditados ascienden a la suma de S/ 10 513 216,00 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), correspondiente a las retribuciones generadas en el periodo de mayo a diciembre de 2021, depositadas por la Autoridad Portuaria Nacional en la cuenta del Tesoro Público; Que, en consecuencia, corresponde autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 10 513 216,00 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Décimo Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional; en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 016-2006-MTC, Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional y en el inciso 1 del artículo 4 de la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor del Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 10 513 216,00 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), equivalente al 30% de las retribuciones pagadas por la Concesión del Nuevo Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao - Zona Sur, del Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao y del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, correspondiente al periodo de mayo a diciembre del Año Fiscal 2021, depositados por la Autoridad Portuaria Nacional en la cuenta del Tesoro Público, para fi nanciar el cumplimiento de las competencias de la Autoridad Marítima en la defensa, seguridad y protección ambiental en las aguas jurisdiccionales del país, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (Recursos de las retribuciones recibidas de los concesionarios del Nuevo Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao - Zona Sur, del Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao y del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, en el marco de la Ley N° 27943 y el Decreto Supremo N° 016-2006-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 049-2010-MTC) 10 513 216,00 ------------------- TOTAL INGRESOS 10 513 216,00 ============ EGRESOS: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de DefensaUNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del PerúCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional PRODUCTO 3000719 : Ámbito acuático vigilado y controlado ACTIVIDAD 5005251 : Mantenimiento y entrenamiento del efectivo Guardacostas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 686 113,00