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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (23/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 23 de junio de 2022 El Peruano / para la Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hacen referencia el numeral 1.1 del artículo 1 y el artículo 2 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2080219-4 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO N° 136-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Educación con cargo a los recursos de su presupuesto institucional del Año Fiscal 2022, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de S/ 691 502 062,00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS DOS MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otras fi nalidades, lo establecido en el literal j) del citado numeral, referido al pago de los derechos y bene fi cios de los docentes nombrados y contratados, así como de los asistentes y auxiliares contratados de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; Que, asimismo, los numerales 47.2 y 47.4 del artículo 47 de la Ley N° 31365, establecen que dichas modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, y de conformidad con las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia, debiendo publicarse hasta el 26 de noviembre de 2022; para lo cual, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 de la citada Ley; Que, mediante el O fi cio N° 283-2022-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de S/ 2 228 217,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago del periodo vacacional 2022 para docentes de la Carrera Pública Docente y las vacaciones truncas para los docentes contratados de los Institutos de Educación Superior (IES) y Escuelas de Educación Superior (EES) públicos, por los conceptos referidos a las asignaciones por trabajo en el ámbito rural y de frontera, por servicio en zona del VRAEM y por desempeño de cargo de gestión pedagógica en el marco de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, conforme a lo dispuesto en el literal j) del numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00623-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante Memorando N° 1368-2022-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y a la información remitida por el Ministerio de Educación, informa que el costo estimado para fi nanciar el pago del periodo vacacional 2022 para docentes de la Carrera Pública Docente y vacaciones truncas para docentes contratados de los Institutos de Educación Superior (IES) y Escuelas de Educación Superior (EES) públicos, por los conceptos referidos a las asignaciones por trabajo en ámbito rural y de frontera, por servicio en zona del VRAEM y por desempeño de cargo de gestión pedagógica, asciende a la suma de S/ 2 228 217,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES) para un total de 2 293 bene fi ciarios; en observancia a lo previsto en el literal j) del numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley N° 31365; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 2 228 217,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 47.1 y 47.2 del artículo 47 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA:Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 2 228 217,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago del periodo vacacional 2022 para docentes de la Carrera Pública Docente y vacaciones truncas para docentes contratados de los Institutos de Educación Superior (IES) y Escuelas de Educación Superior (EES) públicos, por los conceptos referidos a las asignaciones por trabajo en el ámbito rural y de frontera, por servicio en zona del VRAEM y por desempeño de cargo de gestión pedagógica en el marco de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, conforme a lo dispuesto en el literal j) del numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y Técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios