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28 NORMAS LEGALES Jueves 23 de junio de 2022 El Peruano / cumplido con los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos de la entidad y en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; Que, asimismo, contando con la opinión técnica de la Unidad de Personal, órgano encargado del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 000359- 2022-OAJ/IPD, de fecha 22 de junio de 2022, emite opinión favorable respecto a la designación dispuesta por la Presidencia del IPD, concluyendo que resulta procedente emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2004-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Con el visto de la O fi cina General de Administración, de la Unidad de Personal y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conclusión de designación temporal Dar por concluida la designación temporal del servidor Frankling Percy Moreno Dupuich en el cargo de Gerente General del Instituto Peruano del Deporte, efectuada mediante Resolución de Presidencia N° 077-2022-IPD/P, siendo el 22 de junio de 2022 su último día de ejercicio en dicho cargo. Artículo 2.- Designación Designar al señor Mario Delfín Ríos Espinoza en el cargo de Gerente General del Instituto Peruano del Deporte. Artículo 3.- Cumplimiento Disponer que la Unidad de Personal de la O fi cina General de Administración proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 4.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a los interesados y a las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, para conocimiento y fi nes. Artículo 5.- Publicación Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MÁXIMO ENRIQUE PÉREZ ZEVALLOS Presidente 2080191-1 ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Aprueban la “Directiva del Sistema de Información Gerencial del OSINFOR - Supervisión, Fiscalización y Capacitación (SIGO SFC)” y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 00027-2022-OSINFOR/01.1 Lima, 17 de junio de 2022VISTOS: Los Informes números 00015 y 00016-2022-OSINFOR/08.3-GI, de fechas 20 de mayo de 2022 y 01 de junio de 2022 respectivamente, emitidos por la Dirección de Evaluación Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Nº 00029-2022-OSINFOR/04.1.1, de fecha 02 de junio de 2022, emitido por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Legal Nº 00051-2022-OSINFOR/04.2, de fecha 16 de junio de 2022, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado a nivel nacional de supervisar y fi scalizar el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, y de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, otorgados por el Estado a través de títulos habilitantes regulados por la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1085, señala que el OSINFOR tiene como funciones, entre otras, las siguientes: (i) supervisar y fi scalizar el cumplimiento de los títulos habilitantes otorgados por el Estado, así como las obligaciones y condiciones contenidas en ellos y en los planes de manejo respectivos; (ii) cumplir con los programas de evaluación quinquenal como mínimo, para lo cual dispondrá auditorías a los Planes Generales de Manejo; (iii) declarar la caducidad de los derechos de aprovechamiento contenidos en los títulos habilitantes otorgados por la autoridad competente, en los casos de incumplimiento de las condiciones establecidas en los títulos, planes de manejo forestal respectivos o legislación forestal vigente; (iv) ejercer potestad sancionadora en su ámbito de competencia, por las infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre; y, (v) realizar labores de formación y capacitación a los diversos actores involucrados en el aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre, en asuntos de su competencia y en concordancia con la Política Forestal dictada por la Autoridad Nacional Forestal; Que, el numeral 3.5 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1085, señala que el OSINFOR está facultado a dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellas que se re fi eran a obligaciones o derechos contenidos en los títulos habilitantes; Que, el artículo 44 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 029-2017-PCM, establece que la Dirección de Evaluación Forestal y de Fauna Silvestre tiene entre sus funciones: (i) evaluar el nivel de cumplimiento de la legislación forestal y fauna silvestre por los titulares de los títulos habilitantes, así como los compromisos asumidos por los mismos; (ii) dirigir el seguimiento y evaluación de los títulos habilitantes otorgados por el Estado, e informar sobre sus resultados; (iii) administrar la información del Sistema de Información Gerencial del OSINFOR, su mejora continua y capacitación, en los módulos relacionados a los procesos misionales; (iv) disponer la sistematización de información estadística de la Entidad, en coordinación con los órganos del OSINFOR y promover su difusión; y, (v) proponer la aprobación de instrumentos normativos y documentos de gestión que regulen los procedimientos a su cargo y supervisar el cumplimiento de los mismos; Que, mediante Resolución de Jefatura Nº 058-2018-OSINFOR, de fecha 28 de diciembre de 2018, se aprobó la Directiva M5-DIR-008-V.01 “Directiva del Sistema de Información Gerencial del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR”, modi fi cado mediante Resolución de Jefatura Nº 038-2019-OSINFOR de fecha 30 de abril de 2019; documento normativo que tiene 02 (dos) Anexos, siendo estos: (i) Anexo 1 “Criterios del