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16 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de junio de 2022 El Peruano / Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Oficina de Normalización Previsional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO Nº 140-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, establece que a partir del 1 de julio de 2020, la O fi cina de Normalización Previsional se encarga de la administración y pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación, así como de las contingencias que se deriven de dicha administración y pago; asimismo, asume la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite, conforme a la normativa que se establezca; Que, en ese marco, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para el otorgamiento y pago de las pensiones a cargo de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP) a los a fi liados que se encuentran en situación de riesgo en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones, autoriza al Ministerio de Educación a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, para fi nanciar, de forma progresiva, el pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación, en el marco de lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019; las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, autoriza a la O fi cina de Normalización Previsional para que mediante Resolución Jefatural apruebe las disposiciones complementarias que, bajo el ámbito de su competencia, sean necesarias para el desarrollo de las medidas contenidas en el referido Decreto de Urgencia; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 080-2020-JEFATURA/ONP, se aprueban los Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación y de las Sociedades de Bene fi cencia, para implementar, entre otras medidas, lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020; Que, el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 035- 2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la atención de acciones en el marco de la Emergencia Sanitaria y para minimizar los efectos económicos derivados de la pandemia ocasionada por la COVID-19, establece como nuevo plazo para la implementación del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019 y del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, hasta el 30 de junio de 2021; Que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 054-2021, Decreto de Urgencia que modi fi ca el plazo para la implementación de la transferencia de pensiones de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación a la O fi cina de Normalización Previsional, establecido en el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 035-2021 y dicta otras disposiciones; se modi fi ca el plazo establecido por el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 035-2021 para la implementación del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019, y del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, para la transferencia de pensiones de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación a la O fi cina de Normalización Previsional, hasta el 31 de diciembre de 2021; Que, mediante la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se amplía el plazo, hasta el 31 de diciembre de 2022, de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 054-2021, para la implementación del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019 y del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, para culminar la transferencia de la administración y pago de las pensiones de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación a la O fi cina de Normalización Previsional (ONP); señalando que la transferencia incluye las contingencias que se deriven de la administración y pago, asumiendo la ONP la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite; Que, mediante el O fi cio Nº 323-2022-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para fi nanciar el pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias, correspondientes a diversas Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación, al amparo de lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019, en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, en el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 035-2021, en el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 054-2021 y en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00908-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, en ese contexto, mediante Memorando Nº 0349-2022-EF/53.05, que adjunta el Informe Nº 1023-2022-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir de la información registrada en el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), remite el costo total de las pensiones correspondiente a 948 pensionistas de diversas Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación; asimismo, considera viable autorizar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, del Ministerio de Educación a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, para fi nanciar el pago de las pensiones del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias, por la suma de S/ 6 671 691,00 (SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES); Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 6 671 691,00 (SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Educación a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para el otorgamiento y pago de las pensiones a cargo de la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) a los a fi liados que se encuentran en situación de riesgo en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones; en el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 035-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la atención de acciones en el marco de la Emergencia Sanitaria y para minimizar los efectos económicos derivados de la pandemia ocasionada por la COVID-19; en el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 054-2021, Decreto de Urgencia que modi fi ca el plazo para la implementación de la transferencia de pensiones