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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2022 (18/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Viernes 18 de marzo de 2022 El Peruano / Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación Apruébase el “Plan de Acción Nacional sobre las Especies Exóticas Invasoras en el Perú 2022-2026”, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo establecido en el plan aprobado en el artículo precedente, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Ambiente y las entidades involucradas, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación Dispóngase la publicación del presente Decreto Supremo y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa); el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Ambiente, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro de la Producción y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República MODESTO MONTOYA ZAVALETA Ministro del Ambiente OSCAR ZEA CHOQUECHAMBI Ministro de Desarrollo Agrario y Riego JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción HERNÁN YURY CONDORI MACHADO Ministro de Salud 2049465-8 Autorizan viaje de Investigadora en Agroindustria del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP para participar en pasantía a realizarse en Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 068-2022-MINAM Lima, 16 de marzo de 2022VISTOS; el O fi cio N° 046-2022-IIAP-PE, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP; el Memorando N° 00161-2022-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 23374, Ley del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, modi fi cada por Decreto Legislativo N° 1429, establece que el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana – IIAP es un Organismo Técnico Especializado con personería jurídica de derecho público interno y autonomía económica y administrativa, el mismo que tiene como fi nalidad realizar el inventario, la investigación, la evaluación y el control de los recursos naturales; así como promover su racional aprovechamiento y su industrialización para el desarrollo económico y social de la región; Que, de conformidad con el numeral 5 de la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el IIAP se encuentra adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, con Carta s/n del 10 de enero de 2022, la Escuela Paulista de Medicina de la Universidad Federal de Sao Paulo (UNIFESP) invita a la señora Anaí Paola Prissilla Gonzales Flores, Investigadora en Agroindustria del IIAP, a realizar una pasantía de investigación en el marco del proyecto conjunto denominado “Desarrollo de Nanoparticulas de aceite esencial de romero Rosmarinus Offi cinali para mejorar la productividad de paco Piaractus Brachipomus en la región de Madre de Dios”, en el laboratorio de Nano Bio Materiales de dicha institución, ubicado en la ciudad de Sao Paulo, Estado de Sao Paulo, República Federativa del Brasil; Que, a través del O fi cio N° 046-2022-IIAP-PE, la Presidenta Ejecutiva del IIAP gestiona la autorización de viaje al exterior de la señora Anaí Paola Prissilla Gonzales Flores, del 23 de marzo al 26 de abril de 2022, para que participe en la mencionada pasantía, adjuntando la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior, en la cual se sustenta el interés institucional del IIAP, puesto que dicha participación permitirá a la servidora en mención elaborar y caracterizar nanopartículas de aceite esencial de romero para su uso en fi toterapia y como aditivo con capacidad inmunoestimulante de la especie paco piaractus brachypomus, en el marco del referido proyecto; Que, para la participación en la mencionada pasantía, los gastos de pasaje serán cubiertos con cargo al presupuesto del Pliego 055: Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, mientras que los gastos de viáticos serán cubiertos de manera conjunta con cargo al presupuesto del mismo Pliego y por la propia servidora, conforme se advierte de la Carta N° 0021-2022-IIAP/DRMD/AQUAREC/APPGF, el Informe N° 031-2022-IIAP/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del IIAP, el Memorando N° 042-2022-IIAP/GG/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del IIAP, el Memorando N° 071-2022-IIAP/GG/OA de la O fi cina de Administración del IIAP, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000337 y N° 0000000218 del IIAP; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y sus modi fi catorias, regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM y sus modi fi catorias, establece que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en la citada norma, autorización que deberá sustentarse en el interés nacional o institucional; además, para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, estando a que el viaje propuesto resulta de interés institucional del IIAP, y de conformidad con el itinerario propuesto, resulta necesario autorizar el