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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2022 (18/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 18 de marzo de 2022 El Peruano / Artículo 2.- Designar al señor HUGO FERNANDO DEUDOR YARASCA como Director del Proyecto Especial Complejo Arqueológico Chan Chan. Artículo 3.- Encargar al señor HUGO FERNANDO DEUDOR YARASCA, Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad, para que, en adición a sus funciones, ejerza las correspondientes al de Responsable de la Unidad Ejecutora 009: La Libertad del Pliego 003: Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Cultura 2049450-1 Aprueban Lineamientos para el uso del “Sistema de Autorización Sectorial para la emisión de Licencia de Funcionamiento” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000070-2022-VMPCIC/MC San Borja, 16 de marzo del 2022 VISTOS; el Memorando N° 000127-2022-DGPC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Memorando N° 000102-2022-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000063-2022-OGETIC/MC de la O fi cina General de Estadísticas y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorando N° 000467-2022-OACGD-SG/MC de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria; el Informe N° 000256-2022-OGAJ/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 28-A-4.4 del artículo 28-A-4 del Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2006-ED y modi fi catorias, dispone que la Dirección General de Patrimonio Cultural o la autoridad delegada para dicho efecto, resuelve la solicitud de autorización sectorial para la emisión de licencia de funcionamiento en monumentos declarados como integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, señala que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentran comprendidas dentro de su competencia; Que, el artículo 51 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, del patrimonio cultural, promoción y difusión del patrimonio cultural; Que, además, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble es la unidad orgánica que tiene entre sus funciones diseñar, desarrollar, proponer, conducir e implementar, según corresponda, políticas, planes, estrategias, programas y proyectos conducentes a la identi fi cación, registro, estudio, preservación, conservación, difusión, puesta en valor y uso social de las edifi caciones y sitios de las épocas colonial, republicana y contemporánea que presentan la condición de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, en coordinación con las entidades públicas y privadas que correspondan, conforme a lo establecido en el numeral 54.1 del artículo 54 del ROF;Que, en ese marco, mediante el Memorando Nº 000127-2022-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural propone la aprobación del documento denominado Lineamientos para el uso del “Sistema de Autorización Sectorial para la emisión de Licencia de Funcionamiento”, con el fi n de contribuir al fortalecimiento en el proceso de atención del procedimiento administrativo de Autorización Sectorial para la emisión de Licencias de funcionamiento en Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, con el Memorando N° 000102-2022-OGPP/ MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000037-2022-OOM/MC de la O fi cina de Organización y Modernización, que emite opinión favorable respecto de la propuesta de Lineamientos; señalando además que la misma se encuentra dentro del marco de la Directiva N° 001-2022-SG/MC “Directiva para la Formulación, Modi fi cación y Aprobación de Documentos de Gestión, Normativos y Orientadores del Ministerio de Cultura”, aprobada por la Resolución de Secretaría General N° 000001-2022-SG/MC; Que, por el Memorando N° 000467-2022-OACGD- SG/MC, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria mani fi esta su conformidad con la propuesta de Lineamientos; Que, a través del Memorando N° 000063-2022-OGETIC/ MC, la O fi cina General de Estadísticas y Tecnologías de la Información y Comunicaciones emite opinión favorable respecto de la propuesta de Lineamientos; Que, conforme al literal a) numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 000380-2021-DM/MC, el/la Viceministro/a de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, durante el ejercicio fi scal 2022, tiene delegada la facultad de aprobar directivas y/o manuales, así como todo documento normativo, en el marco de sus competencias; Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el documento denominado Lineamientos para el uso del “Sistema de Autorización Sectorial para la emisión de Licencia de Funcionamiento”; Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Estadísticas y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 005- 2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Resolución Ministerial Nº 000380-2021-DM/MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de los Lineamientos para el uso del “Sistema de Autorización Sectorial para la emisión de Licencia de Funcionamiento” Apruébase el Lineamiento N° 000001-2022-VMPCIC/ MC, denominado Lineamientos para el uso del “Sistema de Autorización Sectorial para la Emisión de Licencia de Funcionamiento”, que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Dispónese la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIELA SONALY TUESTA ALTAMIRANO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2048614-1