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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2022 (18/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Viernes 18 de marzo de 2022 El Peruano / VISTO: El Dictamen Nº 002-2022-REG-MPO-PPI de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones de la Municipalidad Provincial de Oxapampa; Informe Nº 014-2022-MPO-ZBRC/GEMU, de la Gerencia Municipal; Informe Nº 007-2022-GAT-MPO, de la Gerencia de Administración Tributaria; Informe Legal Nº 603-2021-GAJ-MPO-CSOC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Informe Nº 0874-2021-GAF-MPO, de la Gerencia de Administración y Finanzas; Informe Nº 742-2021-GPPI-MPO, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones; el Informe Nº 131-2021-SGRE/MPO, de la Subgerencia de Racionalización y Estadística, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración. Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. En concordancia con el Artículo 44º, inciso 44.1. del TUO de la Ley Nº 27444, señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo; Que, el Artículo 40º, numeral 40.3 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente; Que, con Decreto Legislativo Nº 1203 se creó el Sistema Único de Trámites (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, formulados por las entidades de la administración pública; Que, con Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203, que tiene como objeto establecer las disposiciones para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) que compendian los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, a través del Sistema Único de Tramites (SUT), a cargo de las entidades de la administración pública; Que, a través la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM-SGP, publicado en el Diario El Peruano el 30 de octubre de 2018, se aprueba el Nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, mediante la Resolución de Secretaría Técnica de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, publicado en el Diario El Peruano el 28 de noviembre de 2018, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2020-PCM-SGP, publicado en el Diario El Peruano el 06 de agosto de 2020, Prorrogan plazo a las entidades a que se re fi ere la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2019-PCM-SGP para la adecuación al nuevo formato del TUPA, y dictan otras disposiciones; Que, mediante Informe Nº 742-2021-GPPI-MPO, emitida por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, emite informe técnico aprobatorio respecto a la aplicación del Sistema Único de Tramite – SUT con 223 Procedimientos Administrativos (PA), Servicios Prestados en Exclusividad (SPE), Procedimientos Estandarizados (PE), de la Municipalidad Provincial de Oxapampa. Que, mediante Informe Nº 0874-2021-GAF-MPO, emitida por la Gerencia de Administración y Finanzas, emite informe favorable sobre el sustento de los costos de los 223 procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Oxapampa. Que, mediante Informe Nº 603-2021-GAJ-MPO-CSOC, emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente la aprobación de la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, que genera 223 Procedimientos Administrativos y servicios prestados en exclusividad de la Municipalidad Provincial de Oxapampa. Que, mediante Informe Nº 007-2022-GAT-MPO de la Gerencia de Administración Tributaria, remite la conformidad para la aprobación de la modi fi cación del TUPA; Que, mediante Informe Nº 014-2022-MPO-ZBRC/ GEMU emitida por la Gerencia Municipal de Oxapampa, remite el TUPA de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, con 223 Procedimientos Administrativos (PA), Servicios Prestados en Exclusividad (SPE), Procedimientos Estandarizados (PE), adjuntando la información establecida en el Numeral 17.2.2, de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP que aprueba “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)”, que concluye con su conformidad y recomienda sea derivado a Sesión de Concejo Municipal para su aprobación; Que, estando a lo expuesto en los considerandos y en ejercicio a las facultades que le con fi eren los Artículos 9, numeral 8); 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los señores regidores de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por unanimidad aprobaron la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCAL DE OXAPAMPA Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, el mismo que como anexo único, forma parte integrante de la presente Ordenanza y contiene 223 Procedimientos Administrativos (PA), Servicios Prestados en Exclusividad (SPE), Procedimientos Estandarizados (PE), de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 519-2020-MPO que aprobó el TUPA de la Municipalidad Provincial de Oxapampa y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- PRECISAR que la presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación y difusión de la presente Ordenanza en el Portal Institucional www. munioxapampa.gob.pe; y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y a las áreas correspondientes el fi el cumplimiento de la presente en la parte que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN CARLOS LA TORRE MOSCOSO Alcalde Provincial * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2049325-1