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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2022 (18/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 18 de marzo de 2022 El Peruano / N° ADMINISTRADON.° DE RESOLUCIÓN JEFATURAL FECHA DE EMISIÓN RESOLUCIÓN JEFATURAL DECISIÓNCUANTÍA DE LA SANCIÓN 167OSCAR VALENCIA AUCCA373-2022-JN 30/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 168 HIPOLITO LONGOBARDO CONDORI QUISPE374-2022-JN 30/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 169 YDELSO HERNANDEZ HERNANDEZ375-2022-JN 30/01/2022 SANCIÓN 7.5 UIT 170 JUAN LOPEZ GASPAR376-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 171 MARCOS JHON RUBIO MARIÑOS377-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 172 ALFREDO GOMEZ PALOMINO378-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 173 EDILBERTO RUITÓN TANTA379-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 7.5 UIT 174WALTER AGUSTIN QUISPE GALINDO380-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 7.5 UIT 175CHRISTIAN HERRERA MAU381-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 176ENRIQUE FELIPE GAMBOA ROJAS382-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 177BERNABE APOSTOL ROBLES ESTRADA383-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 178VALERIANO WILMER ROMERO FERNÁNDEZ384-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 179ALAIN GASTULO VÁSQUEZ ORTIZ385-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 180 LINCOLN EMILIANO VILLANEDA JACHA386-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 181 CRIZ BARBARA RUIZ ESPINOZA387-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 182NESTOR CURAHUA ANAYA388-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 7.5 UIT 183 NESTOR LUIS RAMIREZ SALVADOR389-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 7.5 UIT 184JOSÉ NAZARIO VARGAS RODRÍGUEZ390-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 7.5 UIT 185 SEGUNDO MANUEL FUSTAMANTE DIAZ391-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 7.5 UIT 186NEMESIO HURTADO CANO392-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 187 IGNACIO BRAVO CONDEZO393-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 188ELADIO ALVARADO LOPEZ394-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 189TEODOMIRO ADRIEL ROSAS PATIÑO395-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 190WILBER QUISPE ORE396-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 191RUFINO COMISARIO BITAP397-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 192EDINSON INUMA CHANCHARI398-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 7.5 UIT 193AURELIO ISAAC MEZA SERVA399-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 194MARTIR SILVINO GARCIA ZENTENO400-2022-JN 31/01/2022 SANCIÓN 10 UITArtículo Segundo.- PRECISAR que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www.onpe.gob.pe . Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano; en el portal institucional (www.onpe.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS Secretario General 2048738-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionario de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 00791-2022 Lima, 11 de marzo de 2022LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación de la O fi cina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) para participar en la Primera Reunión Multipartita Regional sobre Estrategias contra la Delincuencia Organizada para América Latina y el Caribe, que se realizará del 30 al 31 de marzo de 2022 en la ciudad de Panamá, República de Panamá, que tiene por objetivo debatir las prioridades estratégicas de la lucha contra la delincuencia organizada y exponer las mejores prácticas de elaboración de estrategias, así como de fi nir las prioridades de cooperación entre la ONUDD y las autoridades competentes en ese ámbito; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; que los temas que se desarrollarán en el referido evento redundarán en bene fi cio del sistema fi nanciero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; y que, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), ejerce la Vice Presidencia y Secretaria Técnica de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (CONTRALAFT), que tiene como objeto coadyuvar en la coordinación y plani fi cación de las acciones a cargo de las entidades públicas y privadas dirigidas a prevenir y combatir el lavado de activos (LA), el fi nanciamiento del terrorismo (FT) y el fi nanciamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPDAM), formular las propuestas de estrategias contra el LA/FT/FPDAM, así como monitorear su implementación y cumplimiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva SBS N° SBS-DIR-SBS-085-25 sobre