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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2022 (18/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Viernes 18 de marzo de 2022 El Peruano / NOMBRE Y APELLIDOSMIEMBROS TITU- LARES Econ. Manuel Pío Grimaldos Velarde. Director O fi cina General de Promoción de la Inversión PrivadaPRESIDENTE Econ. Anibal Medina Soto. Asesor de AlcaldíaPRIMER MIEMBRO. Econ. Ángel Américo Moreno Silva. Director O fi cina General de Planeamiento y PresupuestoSEGUNDO MIEMBRO NOMBRE Y APELLIDOSMIEMBROS SUPLENTES MSc. Shimi Jarles Torres Huacal. Gerente de Desarrollo EconómicoSUPLENTE DEL PRESIDENTE Ing. Liz Katherine Delgado Loayza. Gerente de InfraestructuraSUPLENTE DEL PRIMER MIEMBRO. CPC. Carlos Cholán Alvites. Director O fi cina General de AdministraciónSUPLENTE DEL SEGUNDO MIEMBRO Artículo Segundo.- DEJAR SUBSISTENTE los demás extremos de la Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019 de la presente resolución. Artículo Tercero.- NOTIFICAR a los interesados el presente acto resolutivo, con las formalidades de ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR ANDRÉS VILLAR NARRO Alcalde Provincial 2049101-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Prorrogan vigencia del pago mínimo del Impuesto Predial 2022, fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y Arbitrios Municipales e incentivos por pronto pago para el Ejercicio 2022 en la jurisdicción de San Vicente de Cañete otorgados para el Ejercicio 2022 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2022-AL-MPC Cañete, 28 de febrero de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE: VISTO: Ordenanza Municipal Nº 02-2022- MPC, de fecha 15 de febrero de 2022, Informe Nº 296-2022-SGRORT-GAT-MPC, de fecha 24 de febrero de 2022, de la Sub Gerencia de Registro, Orientación y Recaudación Tributaria, Informe Nº 052-2022-GAT-MPC, de fecha 25 de febrero de 2022, de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 066-2022-GAJ-MPC, de fecha 28 de febrero de 2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 052-2022-GM-MPC, de fecha 28 de febrero de 2022, de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo concuerda con el artículo 39º de la Ley Orgánica citada establece que los Concejos Municipales establecen sus funciones de Gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Ergo, la autonomía que la Constitución le otorga a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción a derecho; Que, son atribuciones del alcalde, acorde con lo dispuesto por el artículo 20º, numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a la leyes y ordenanzas, siendo concordante con el artículo 39º de la acotada Ley Orgánica, por el cual el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en dicha ley mediante decreto de alcaldía; Que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal, así lo señala el artículo 42º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, otorga a los gobiernos locales la potestad de Crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exoneran de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley y en el artículo 41º del citado código se establece que, las deudas tributarias sólo podrán ser condonada por norma expresa con rango de ley, excepcionalmente, los gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación, también podrá alcanzar al tributo; Que, mediante Decreto Supremo Nº397-2020-EF, se aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2022, dicho Procedimiento en su artículo 2, señala que los objetivos especí fi cos del PI, entre otro, es mejorar los niveles de recaudación y gestión de los tributos municipales. Dentro de ello tenemos la Meta 2 Fortalecimiento de la Administración y gestión del Impuesto predial. Para cumplir la Meta 2, las municipalidades deben alcanzar el puntaje mínimo de porcentaje señalado en el Anexo A “Metas del Programa de Incentivos que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre del año 2022”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº02-2022- MPC, de fecha 15 de febrero de 2022, se aprobó la ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PAGO MÍNIMO DE IMPUESTO PREDIAL 2022, FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO VEHICULAR Y ARBITRIOS MUNICIPALES E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2022 EN LA JURISDICCIÓN DE SAN VICENTE DE CAÑETE, asimismo a lo dispuesto por la tercera disposición fi nal y complementaria de la mencionada ordenanza faculta al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación; Que, mediante Informe Nº 296-2022-SGRORT-GAT- MPC, de fecha 24 de febrero de 2022, la Sub Gerencia de Registro, Orientación y Recaudación Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita la prórroga de la Ordenanza Municipal Nº 02-2022-MPC, aprobada en sesión de concejo de fecha 10 de febrero de 2022, que establece el pago mínimo de impuesto predial 2022, fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial, impuesto vehicular y arbitrios municipales e incentivos por pronto pago para el ejercicio 2022 en la jurisdicción de san Vicente de cañete; Que, mediante Informe Nº 052-2022-GAT-MPC, de fecha 25 de febrero de 2022, la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete, remite en consideración a lo dispuesto