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80 NORMAS LEGALES Viernes 18 de marzo de 2022 El Peruano / conferidas en el artículo 20º, numeral 6º y el artículo 39º de la mencionada ley; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2023” de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Limpieza Pública, Áreas Verdes y Medio Ambiente, el cumplimiento de la presente Resolución, en coordinación con la Subgerencia de Serenazgo, Fiscalización y Transporte . Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación del Texto del Programa Local aprobado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, www.munisantanita.gob.pe. Artículo Cuarto.- La presente Resolución de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 2049168-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Modifican la R.A. Nº 300-2019-A-MPC, sobre conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 040-2022-A-MPC Cajamarca, 14 de febrero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO. La Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019; Resolución de Alcaldía Nº 032-2022-A-MPC, de fecha 04 de febrero del 2022; Resolución de Alcaldía Nº 034-2022-A-MPC, de fecha 04 de febrero del 2022; el Expediente Administrativo Nº 005249-2022, que contiene la Carta S/N, de fecha 02 de febrero de 2022, emitida por el Lic. Herless Rabanal Miguel, Presidente del Comité de Promoción de la Inversión Privada; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú - Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; la Municipalidad Provincial de Cajamarca, es un órgano de gobierno local y goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Artículo I de Título Preliminar de la Ley Nº 27972 antes citado, establece que corresponde a los Gobiernos Locales, promover el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, en coordinación y asociación de todos los niveles de gobierno, para facilitar la competitividad local y propiciar mejores condiciones de vida de su población. Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de Inversión Privada, mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos (en adelante la Ley) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF (en adelante el Reglamento) se establecen los procesos y modalidades de Promoción de la Inversión Privada para el desarrollo de infraestructura, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos der investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos. Que, el Artículo 7º de la Ley que regula la Promoción de Inversión Privada, mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, establece que las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1362, crean el Comité de Promoción de inversiones, el cual asume roles de ser: (i) Organismo Promotor de la Inversión Privada para los Procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establecido en el artículo 8º del citado dispositivo legal. En este supuesto, el viceministro, Consejo Regional y Consejo Municipal o su equivalente, ejercen las funciones de Consejo Directivo de ProInversión, y ii) Órgano de coordinación con ProInversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; y con el ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simpli fi cación de la inversión privada, conforme lo establecido en el Artículo 9º del citado dispositivo legal. Que, asimismo, el numeral 7.3 del citado Artículo 7º de la Ley, precisa que la designación de los miembros del Comité de Inversiones, se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía u otra entidad pública habilitada por Ley, que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019, se Aprobó la conformación del COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA, de acuerdo a lo estipulado en el D.L Nº 1362, que regula la Promoción de Inversión Privada, mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 032-2022-A-MPC, de fecha 04 de febrero del 2022, se aceptó, a partir del 04 de febrero del 2022, la renuncia presentada por el Lic. Herless Rabanal Miguel al cargo de confi anza de Director de la O fi cina General de Promoción de la Inversión Privada (OGPIP) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 034-2022-A-MPC, de fecha 04 de febrero del 2022, se Designa al Economista Manuel Pío Grimaldos Velarde en el cargo de con fi anza de Director de la O fi cina General de Promoción de la Inversión Privada (OGPIP) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Que, a través de la Carta S/N, de fecha 02 de febrero de 2022, el Lic. Herless Rabanal Miguel presentó su renuncia irrevocable al cargo de Presidente del Comité de Promoción de la Inversión Privada; por lo que, es menester modi fi car la Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019, mediante el cual se conforma dicho Comité. Que, estando a lo dispuesto por el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019, quedando conformado el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la siguiente manera: