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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2022 (18/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Viernes 18 de marzo de 2022 El Peruano / Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Selva Central, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2049330-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Disponen publicación de síntesis de la parte resolutiva de 194 Resoluciones Jefaturales, emitidas en procedimientos administrativos sancionadores, contra excandidatos/excandidatas por no presentar información financiera de aportaciones e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; así como, contra organizaciones políticas, por no llevar libros y registros de contabilidad RESOLUCIÓN N° 000031-2022-SG/ONPE Lima, 16 de marzo de 2022VISTOS: Las Resoluciones Jefaturales emitidas durante el mes de enero de 2022, dentro de los procedimientos administrativos sancionadores, iniciados contra los excandidatos/excandidatas por no presentar la información fi nanciera de aportaciones e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, según lo establecido en el numeral 34.6 del artículo 34 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas; así como, contra el Movimiento Independiente Amor por Madre de Dios y el Movimiento Regional Fuerza por Madre de Dios, por no llevar libros y registros de contabilidad, tipi fi cado en el numeral 6 del literal a) del artículo 36 de la citada ley; CONSIDERANDO: Mediante Resolución Jefatural N° 000095-2020- JN/ONPE, de fecha 9 de marzo de 2020, se autorizó a la Secretaría General de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a publicar la síntesis de la parte resolutiva de los pronunciamientos fi nales en los procedimientos administrativos sancionadores seguidos contra los candidatos a cargos de elección popular y las organizaciones políticas a razón de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas. Asimismo, mediante las Resoluciones Jefaturales N° 000275-2022-JN/ONPE y N° 000299-2022-JN/ONPE, se dispuso la publicación de la síntesis respectiva; Que, a la fecha, existen un total de ciento noventa y cuatro (194) Resoluciones Jefaturales pendientes de publicación, emitidas en igual número de procedimientos administrativos sancionadores seguidos contra los excandidatos/excandidatas por no presentar la información fi nanciera de aportaciones e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; así como, contra el Movimiento Independiente Amor por Madre de Dios y el Movimiento Regional Fuerza por Madre de Dios, por no llevar libros y registros de contabilidad, tipi fi cado en el numeral 6 del literal a) del artículo 36 de la citada ley; Que, en tal sentido, corresponde disponer que se publique la síntesis de manera conjunta considerando en lo pertinente la Resolución N° 000012-2019-SG/ONPE de fecha 11 de octubre de 2019; De conformidad con lo establecido en el literal x) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la publicación de la síntesis de la parte resolutiva de ciento noventa y cuatro (194) Resoluciones Jefaturales, emitidas en igual número de procedimientos administrativos sancionadores, contra los excandidatos/excandidatas por no presentar la información fi nanciera de aportaciones e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; así como, contra el Movimiento Independiente Amor por Madre de Dios y el Movimiento Regional Fuerza por Madre de Dios, por no llevar libros y registros de contabilidad, tipi fi cado en el numeral 6 del literal a) del artículo 36 de la citada ley; conforme al siguiente detalle: N° ADMINISTRADON.° DE RESOLUCIÓN JEFATURAL FECHA DE EMISIÓN RESOLUCIÓN JEFATURAL DECISIÓNCUANTÍA DE LA SANCIÓN 1MOVIMIENTO INDEPENDIENTE AMOR POR MADRE DE DIOS151-2022-JN 11/01/2022 NULIDAD 2MOVIMIENTO REGIONAL FUERZA POR MADRE DE DIOS 152-2022-JN 12/01/2022 NULIDAD 3REYNALDO ARMANDO PAIVA PUESCAS201-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 4EMILIANO ALEJANDRO ALEJO FLORENTINO202-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 5FLORENCIO PRIMITIVO ARAUJO PRÍNCIPE203-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 6SANTOS ORDOÑEZ FARIAS204-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 7.5 UIT 7 JOSE RICARDO RIOS VELASQUEZ205-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 8MARIO MAGDALENO ALCASIHUINCHA LAYME206-2022-JN 17/01/2022 ARCHIVO 9MARCOS ANTONIO MARTÍNEZ BENDEZÚ207-2022-JN 17/01/2022 ARCHIVO 10NIEL JOSE GALVAN ASTUHUAMAN208-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 11JOHNNY EVELIO FLORES RAMIREZ209-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 12ANTONIO GONZALES CCENTE210-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 13YURI WALTER LOARTE ARTEAGA211-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 10 UIT 14YENNER EMEL VILCA MALLQUI212-2022-JN 17/01/2022 SANCIÓN 10 UIT