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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2022 (19/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 115

115 NORMAS LEGALES Sábado 19 de marzo de 2022 El Peruano / de Organización y Funciones o el Manual de Operaciones, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil; Que, el Numeral 5 del Anexo Nº 4 de la citada Directiva establece que, el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “Nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”; y, b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional), el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar sus operaciones durante el periodo de transición al régimen de servicio civil, lo cual se ha previsto para los tres niveles de gobierno, el Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente - IMA, del Gobierno Regional de Cusco, ha remitido a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, su propuesta de Cuadro para Asignación de Personal CAP-Provisional, para su evaluación y pronunciamiento previo, habiendo sido objeto de observaciones, transcurrido un periodo de levantamiento de las mismas, antes de alcanzar su opinión favorable; Que, mediante O fi cio Nº 413-2021-GR CUSCO/ IMA-DE, de fecha 16 de noviembre del año en curso, el Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente - IMA, luego de levantar las observaciones del SERVIR, solicitó a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, la opinión técnica favorable, ingresando en mesa de partes de SERVIR, registrado como Expediente Nº 2021-0038156; Que, mediante O fi cio Nº 00693-2021-SERVIR-PE, de fecha 01 de diciembre de 2021, la Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, comunica a la Dirección Ejecutiva del Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente - IMA, la OPINION FAVORABLE DEL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL DEL INSTITUTO DE MANEJO DE AGUA Y MEDIO AMBINTE, adjuntando el Informe Técnico Nº 000217-2021-SERVIR-GDSRH, que detalla el análisis de la propuesta y la opinión correspondiente, teniendo en cuenta que se enmarca en las situaciones contempladas en el Anexo Nº 4 de la Directiva, de acuerdo a lo dispuesto en el supuesto 1.1 y 1.5, del Numeral 1 de la citada Directiva. La propuesta de CAP Provisional del Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente - IMA, respeta los límites establecidos para el número de cargos de con fi anza, según lo dispone la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, y el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM. Es así que la reciente aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH no supone un impedimento para aprobar la presente propuesta, que fue analizada bajo los lineamientos de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSR, toda vez que la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-DSRH establece que las entidades públicas que, hasta la fecha de publicación de la citada directiva, cuentan con una propuesta de CAP Provisional enviada formalmente a SERVIR, se rigen hasta su evaluación por los criterios y condiciones establecidos en la Directiva Nº 002-2015- SERVIR/GDSRH; Que, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco, mediante Informe Legal Nº 1102-2021-GRCUSCO/ORAJ opina por la procedencia de la aprobación de dicho documento de gestión institucional, recomendando su remisión al Consejo Regional; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 100º del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, la ORDENANZA REGIONAL, es una Norma Jurídica de carácter general y de acuerdo a normas nacionales, que regula el conjunto de actividades y acciones sociales, económicos, técnicas, [ambientales], administrativas y políticas de desarrollo del Departamento del Cusco; cuyo cumplimiento es obligatorio de todas las Instituciones Públicas, Privadas y Sociedad Civil. Nace de la iniciativa de un Consejero Regional y dictaminada por una Comisión Ordinaria; que una vez analizada, debatida es aprobada y publicada en el Diario O fi cial El Peruano para su cumplimiento; Que, la Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional Cusco, emite el Dictamen Nº 001-2022-GR CUSCO-CRC-COP PATA, por el cual se aprueba por MAYORIA el proyecto de Ordenanza Regional que propone “Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional), del Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente - IMA del Gobierno Regional de Cusco”, la misma que ha sido remitida a la Presidencia del Consejo Regional mediante O fi cio Nº 011-2022-GRC-CRC/COP PATA de fecha 23/02/2022; a tal efecto, dicho dictamen ha sido sustentado y expuesto, sometido a debate, evaluación y votación del Pleno del Consejo Regional de Cusco en la continuación de la Séptima Sesión Extraordinaria - Periodo Legislativo 2022, desarrollada de manera virtual; Por lo expuesto, el Pleno del Consejo Regional de Cusco en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional de Cusco aprobado por la Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC CUSCO, y el Dictamen Nº 001-2022-GR CUSCO-CRC-COP PATA de la Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración; con el voto nominal en mayoría de los Consejeros Regionales, con la dispensa del trámite de lectura de acta: Ha dado la siguiente Ordenanza Regional:Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional) del Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente IMA del Gobierno Regional de Cusco, cuyos Antecedentes y Anexos forman parte de la presente norma regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, el primer día del mes de marzo del año dos mil veintidós. Regístrese, publíquese y cúmplase.GERARDO ARENAS MONGE Presidente Consejo Regional Periodo 2022 POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, a los 14 días del mes de marzo del año 2022. JEAN PAUL BENAVENTE GARCÍA Gobernador Regional 2049640-1