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114 NORMAS LEGALES Sábado 19 de marzo de 2022 El Peruano / C) COMITÉ TÉCNICO - Gerencia Regional de desarrollo Social, a través de la O fi cina de Regional de Atención a Personas con Discapacidad (OREDIS), quien será responsable de la secretaria técnica - Gerencia Regional de Educación- Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo - Gerencia Regional de salud- Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones- Gerencia Regional de comercio Exterior y Turismo- Gerencia Regional de Agricultura- Instituto Peruano del Deporte – IPD- Aduanas- SUNAFIL- RENIEC- Federación Departamental en Pro del Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Región Cusco – FEDEPRODDIS - Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS – cusco). - Mesa de Trabajo Interinstitucional por los Derechos de las Personas con Discapacidad (METRIDIS) Organizaciones no gubernamentales de desarrollo ONG (2) 4.2 - COLEGIADO Es el órgano de representación, dirección, plani fi cación, coordinación y organización del Consejo Regional de Integración de las Personas con Discapacidad. Sus miembros son electos por la Asamblea Regional, salvo dos cargos, uno de los cuales será la Coordinación Técnica. El Colegiado estará integrada por cuatro (04) miembros donde: El Primer integrante, será designado por FEDEPRODISEl Segundo integrante, será designado por el Gobierno Regional, esté asumirá la Coordinación Técnica. El tercer integrante será elegido por la sociedad civil (organizaciones de personas con discapacidad y familiares, instituciones de formación académica, el sector privado, organizaciones que trabajan con cooperación internacional). Y por último el cuarto integrante será elegido por los representantes del Estado, precisar que estos dos últimos integrantes serán elegidos por la Asamblea General Cargos:- Coordinador/a general - Coordinador/a Técnica - Coordinador/a de incidencia - Coordinador/a de enlace Las funciones de los coordinadores del colegiado serán de fi nidas e incorporadas en el reglamento interno. 4.3 - COMISIONES TEMÁTICAS La Asamblea Regional conforma comisiones temáticas de acuerdo a las temáticas que priorice, con la fi nalidad de incidir y participar en las políticas, planes, programas y proyectos. En las comisiones temáticas participan dos o más miembros y son liderados por un/a responsable/a. Según la temática articulan con los órganos de línea del gobierno regional competentes en la materia. La temporalidad, la organización y funciones de los grupos de trabajo es de fi nida por la Asamblea Regional y se incorpora en su reglamento interno. Artículo Quinto.- Período de representación Los cargos del colegiado del COREDIS son de elección democrática y Ad Honorem por el período de dos (2) años, salvo el cargo de la coordinación Técnica. Artículo Sexto.- Reconocimiento El Gobierno Regional a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social reconoce mediante Resolución Gerencial a los miembros del colegiado, y las Comisiones Temáticas.”.DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al Gobernador del Gobierno Regional Cusco, para que mediante Decreto Regional reglamente la presente ordenanza en un plazo no mayor a 30 días hábiles. Segunda.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y en el portal web institucional del Gobierno Regional Cusco, de acuerdo a Ley. Tercera.- La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. Regístrese, publíquese y cúmplase.NÉSTOR VELASCO CASTILLA Presidente de Consejo Regional - Periodo 2021 POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, a los 06 días del mes de diciembre del año 2021. JEAN PAUL BENAVENTE GARCÍA Gobernador Regional 2049104-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP - Provisional) del Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente IMA del Gobierno Regional de Cusco ORDENANZA REGIONAL Nº 210-2022-CR/GR CUSCO El Pleno Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la continuación de la Séptima Sesión Extraordinaria - Periodo Legislativo 2022, de fecha cuatro de marzo del año dos mil veintidós, ha debatido, analizado y aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Artículo191º de la Constitución Política del Perú, establece que “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”; Que, el Artículo 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como una de sus fi nalidades esenciales fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, está integrado por el Presidente Regional, el Vicepresidente Regional y los Consejeros Regionales en representación de las provincias, los mismos que son elegidos por sufragio directo por un periodo de 04 años. El mandato es irrenunciable, pero revocable conforme a la Ley de la materia; Que, conforme a lo dispuesto en el Literal f) del Numeral 4.3 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de la estructura orgánica vigente y prevista en su Reglamento