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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2022 (20/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Domingo 20 de marzo de 2022 El Peruano / los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno; por lo que propone y sustenta la necesidad de conformar un Grupo de Trabajo de naturaleza temporal que permita, de manera articulada y sostenida, atender la citada problemática y fortalecer y consolidar el avance del Plan de Acción consensuado con las autoridades locales y dirigentes de la Cuenca del río Llallimayo, para lo cual se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la Secretaría de Descentralización, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación de Grupo de trabajo Créase el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Ejecutiva de Trabajo que contribuya a atender y solucionar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto fortalecer y consolidar el avance del Plan de Acción consensuado con las autoridades locales y dirigentes de la Cuenca del río Llallimayo que, de manera articulada y sostenida, permita la atención de la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno. Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo está integrado por: a. El/La Secretario/a de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, o su representante, quien lo preside. b. El/La Secretario/a de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, o su representante. c. Un/a representante del Ministerio del Ambiente. d. Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas. e. Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. f. Un/a representante del Ministerio de Salud.g. Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. h. Un/a representante del Ministerio de Cultura.i. Un/a representante de la Autoridad Nacional del Agua – ANA. j. Un/a representante del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA. k. Un/a representante del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN. l. Un/a representante del Gobernador Regional de Puno. m. El/La Alcalde/sa de la Municipalidad Provincial de Melgar, o su representante. n. El/La Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de Cupi, o su representante. o. El/La Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de Llalli o su representante. p. El/La Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de Umachiri. o su representante. q. Un/a representante de la Empresa Minera Aruntani S.A.C. r. Tres (3) representantes del Frente de Defensa del Distrito de Cupi.s. Tres (3) representantes del Frente de Defensa del Distrito de Llalli. t. Tres (3) representantes del Frente de Defensa del Distrito de Umachiri. u. Tres (3) representantes de las organizaciones sociales acreditados por la Municipalidad Provincial de Ayaviri. Artículo 4.- Funciones4.1 El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:a. Proponer las acciones y medidas orientadas a la solución de fi nitiva de la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo, e informar públicamente los avances; así como informar sobre el cumplimiento de las acciones para eliminar los e fl uentes producidos por un inadecuado Plan de Cierre de la Mina Aruntani, según los acuerdos adoptados en el marco de la vigencia de las Resoluciones Ministeriales Nº 162-2019-PCM, Nº 445-2019-PCM y Nº 137-2020-PCM, y la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 0012-2021-PCM/SGSD. b. Analizar, articular y generar consensos sobre las acciones establecidas en el Plan de Acción para solucionar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo. c. Coordinar con las entidades públicas competentes y otros actores, la identi fi cación de las alternativas para descontaminar y remediar la Cuenca del río Llallimayo, y de los responsables de su implementación, así como la atención de las personas expuestas a metales y metaloides de los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno. 4.2 Para efecto del desarrollo de sus funciones, en el marco de la emergencia sanitaria y estado de emergencia nacional declarados a consecuencia de la crisis sanitaria generada por la pandemia de la COVID-19, las funciones del Grupo de Trabajo pueden realizarse de manera presencial o virtual, utilizando para este caso herramientas de tecnologías de la información. Artículo 5.- Designación de representantes5.1 Las entidades que integran el Grupo de Trabajo, detalladas en los literales a) a la q) del artículo 3, designan a sus representantes titular y alterno, mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. 5.2 Los representantes del Grupo de Trabajo detallados en los literales r) a la u) del artículo 3, se eligen por acuerdo de dichas organizaciones y son acreditados por el alcalde distrital correspondiente, bajo el mismo mecanismo y plazo detallado en el numeral precedente. Artículo 6.- Secretaría técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien asume la responsabilidad administrativa y lleva el registro de los acuerdos, custodiar las actas y toda la documentación que se genere; lo cual comunicará periódicamente a la Presidencia y a los representantes del Grupo de Trabajo. Artículo 7.- Participación de otras entidades públicas o privadas El Grupo de Trabajo, para el cumplimiento de su objeto y funciones, puede convocar la participación de otras entidades públicas en el marco de sus respectivas competencias, así como, de personas jurídicas privadas, instituciones académicas y de investigación, y organizaciones no gubernamentales; en calidad de invitados. Artículo 8.- Información, colaboración, asesoramiento, y apoyo de profesionales 8.1 El Grupo de Trabajo puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de