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10 NORMAS LEGALES Domingo 20 de marzo de 2022 El Peruano / Cuadro de datos Técnicos S. A. Pampa Irka sector B VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) I I-J 32.65 211°41’11” 189339 9002787 J J-K 23.02 151°43’49” 189324 9002758 K K-A 49.19 82°11’5” 189305 9002745 TOTAL 348.56 1620°0’1” Área: 5951.50 m² (0.5951 ha) Perímetro: 348.56 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 00001-2021-DDC ANC-JJM/MC de fecha 16 de diciembre de 2021, así como en los Informes N° 000023-2022-DSFL/MC, Informe N° 000003-2022-DSFL-DRM/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-001-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ancash, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xSe recomienda realizar inspecciones periódicas al sitio arqueológico de Pampa Irka sector B.Se recomienda comunicar a la Municipalidad Provincial de Huaylas, la carga cultural con la que cuenta el área del sitio arqueológico de Pampa Irka sector B, a fi n de que se tenga en cuenta a futuro permisos de habilitaciones urbanas, licencias de construcción entre otros. - Desmontaje xSe recomienda proceder al desmontaje total de las estructuras rusticas ubicadas dentro la poligonal propuesta del Sitio Arqueológico de Pampa Irka sector B. - Señalización: xSe recomienda realizar la instalación de hitos y paneles con la fi nalidad de evitar nuevas afectaciones. - Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesorios:xSe recomienda proceder al retiro de las estructuras rusticas (palos, calaminas, plásticos y costales) ubicados dentro del sitio arqueológico de Pampa Irka sector B. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ancash, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Caraz, a fi n que procedan de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe N° 000589-2021/DDC ANC-JJM/MC, Informe de Inspección N° 00001-2021-DDC ANC-JJM/MC de fecha 16 de diciembre de 2021, el Informe N° 000023-2022-DSFL/MC, Informe N° 000003-2022-DSFL-DRM/MC e Informe Nº 000026-2022-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-001-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2049855-1 DEFENSA Autorizan viaje de Viceministro de Políticas para la Defensa y de Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0169-2022-DE Lima, 17 de marzo de 2022VISTOS: El O fi cio N° 00597-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00306-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DSD) Nº 2-20-E/192, la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, que el señor José Higinio ROBLES MONTOYA, Viceministro de Políticas para la Defensa, participará en las reuniones de coordinación con autoridades del Departamento de Operaciones de Paz (DPO) de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, los días 28 y 29 de marzo de 2022; Que, con O fi cio Nº 00597-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales recomienda autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del señor José Higinio ROBLES MONTOYA, Viceministro de Políticas para la Defensa, para que acompañado del Ministro SDR Augusto CABRERA REBAZA, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, participen en las referidas reuniones, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, los días 28 y 29 de marzo de 2022, autorizando la salida del país el 27 de marzo y el retorno el 31 de marzo de 2022, sustentándose en los argumentos desarrollados en el Informe Técnico Nº 107-2022- MINDEF/VPD-DIGRIN; Que, conforme a lo señalado en el Informe Técnico Nº 107-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, anexado al O fi cio Nº 00597-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del señor José Higinio ROBLES MONTOYA y del Ministro SDR Augusto CABRERA REBAZA, para que participen en las reuniones de coordinación con autoridades del Departamento de Operaciones de Paz (DPO) de las Naciones Unidas, por cuanto, las mencionadas reuniones de coordinación con funcionarios de las Naciones Unidas (ONU), se sustentan en el Memorándum de Entendimiento del 11 de noviembre