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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2022 (23/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de marzo de 2022 El Peruano / Público para el Año Fiscal 2022, autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2022, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 1 651 904 840, 00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para fi nanciar, las acciones de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria ante la enfermedad causada por la COVID-19, en el marco de la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, destinados a fi nanciar la continuidad de operación de los centros de atención y aislamiento temporal y establecimientos de salud afectados en uso a nivel nacional implementados durante el Año Fiscal 2020, que se encuentran a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC de la Presidencia del Consejo de Ministros, la Unidad Ejecutora Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Unidad Ejecutora Programa Nacional de Inversiones en Salud del Ministerio de Salud y el Seguro Social de Salud (EsSalud) del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo, así como de la Villa Panamericana del Seguro Social de Salud (EsSalud); Que, las modi fi caciones presupuestarias referidas en el numeral 43.3 del artículo 43 de la Ley Nº 31365 se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar además con el refrendo del Ministro del sector correspondiente; asimismo, se autoriza, de manera excepcional durante el Año Fiscal 2022, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a realizar transferencias fi nancieras a favor del Seguro Social de Salud (EsSalud) solo para los fi nes señalados en los literales a) y f) del citado numeral; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante los O fi cios Nºs. 0330 y 0349-2022- MTPE/4 el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar la transferencia fi nanciera que el mencionado pliego debe efectuar al Seguro Social de Salud (EsSalud), a fi n de garantizar la capacidad de respuesta hospitalaria y continuidad del Centro de Atención y Aislamiento Temporal Villa Panamericana; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 0080-2022-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 65 764 332,00 (SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal f) del numeral 43.3 del artículo 43 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 65 764 332,00 (SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para fi nanciar la transferencia fi nanciera que el mencionado pliego debe efectuar al Seguro Social de Salud (EsSalud), a fi n de garantizar la continuidad de operación del Centro de Atención y Aislamiento Temporal Villa Panamericana, en el marco de lo establecido en el literal f) del numeral 43.3 del artículo 43 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 65 764 332,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 65 764 332,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 012 : Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Trabajo – O fi cina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 65 764 332,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 65 764 332,00 ============ Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos de los recursos autorizados en la presente Transferencia de Partidas, en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, se registra en la partida de ingresos 1.8.2 2.1 1 “Bonos del Tesoro Público”; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de