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26 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de marzo de 2022 El Peruano / aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura; Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación especí fi camente al fi nanciamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B “Subproyectos”, se establece entre otros que: “Para llevar a cabo las Partes 1 y 2 del Proyecto, el Prestatario deberá, a través de PRODUCE: (a) Después de haber seleccionado un Subproyecto de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Manual Operativo, poner a disposición del Bene fi ciario pertinente una parte de los fondos del Préstamo (los Fondos del Subproyecto) de conformidad con un Acuerdo (“Acuerdo de Subproyecto”) a celebrarse entre el Prestatario, a través de PRODUCE, y dicho Bene fi ciario, bajo los términos y condiciones aprobados por el Banco e incluidos en el Manual de Operaciones. (…)” Que, el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022 autoriza al Ministerio de la Producción para efectuar transferencias fi nancieras y otorgar subvenciones en el marco del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA), para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios defi nidos en el marco del procedimientos del PNIPA y de las normas que regulan los fondos que estos administran, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo, y del emprendimiento y del sistema de innovación. Asimismo, se autoriza que las transferencias fi nancieras y las subvenciones mencionadas a las que se re fi ere se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de contrato de recursos no reembolsables, y requiriéndose el informe favorable previo de la o fi cina de presupuesto. Dicha facultad para la aprobación de las subvenciones a que se re fi ere la presente disposición, referidas al ámbito del mencionado Programa, podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE, de fecha 31 de diciembre de 2021, entre otros, se delegó en la Dirección Ejecutiva del PNIPA, la facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 202; Que, mediante Informe N° 00000021-2022-PNIPA/ UIA, las Unidades de Innovación en Acuicultura (UIA) y en Pesca (UIP) solicitan la validación de disponibilidad presupuestal para la atención de dieciséis (16) solicitudes de desembolso por el monto total de S/S/. 1,209,635.80 ; Que, a través del Informe N° 0000035-2022-PNIPA/ UPP, emitido por la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, atendiendo a lo solicitado por las Unidades de Innovación en Acuicultura y la Unidad de Innovación en Pesca anteriormente citadas, emite opinión sobre la solicitud de las subvenciones a Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2018-2019 y 2020-2021; Que, en el ámbito de su competencia la citada Unidad de Plani fi cación y Presupuesto señala que ha veri fi cado la disponibilidad presupuestal por lo que considera viable la atención del requerimiento presentado por la Unidad de Innovación en Pesca y Unidad de Innovación y Acuicultura con Informe N° 00000021-2022-PNIPA/UIA, mediante el cual solicitan autorizar 16 subvenciones por un monto de S/. 1,209,635.80 de los cuales S/. 478,407.80 corresponden al PIP Pesca (4 subproyectos) y S/. 731,228.00 al PIP Acuicultura (12 subproyectos), cuyas solicitudes de desembolso corresponden a los procesos concursables 2018-2019 y 2020-2021, formuladas por las OMR I, II,III, IV y VI del PNIPA; Que, asimismo resulta pertinente señalar que la Unidad de Administración, las Unidades de Innovación en Pesca y en Acuicultura y las respectivas O fi cinas Macro Regionales deben realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE, relacionado con el cumplimiento de la rendición de cuentas y evaluación del otorgamiento de subvenciones, que prevé informar de manera semestral al Titular del Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos, así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; Que, mediante Memorando N° 00000019-2022-PNIPA/ DO de fecha 7 de febrero de 2022, se designa a partir del 8 de febrero de 2022 como encargado de la Jefatura de la Unidad de Innovación en Pesca al señor Fabricio Flores Ysla, quien emite su visación en la presente resolución en su calidad de encargado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF – Banco Mundial; Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y en Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2018-2019 y 2020-2021, en las categorías señaladas en los cuadros del Anexo Único de la presente resolución, hasta por la suma de S/. 1,209,635.80 (Un millón doscientos nueve mil seiscientos treinta y cinco con 80/100 soles de los cuales S/. 478,407.80 corresponden al PIP Pesca (4 subproyectos) y S/. 731,228.00 al PIP Acuicultura (12 subproyectos), los cuales se atenderán por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 2.- Financiamiento Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de fi nanciamiento indicadas. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, las Oficinas Macro Regionales y la Unidad de Administración deben realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Asimismo, se dispone que la Unidad de Planificación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las Oficinas Macro Regionales, cumplan con informar de manera oportuna para el cumplimiento de la Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE, con relación al cumplimiento de la rendición de cuentas