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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2022 (23/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de marzo de 2022 El Peruano / Artículo Sexto .- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, de acuerdo a sus respectivas competencias. Artículo Sétimo .- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde ANEXO 1 DEL PROCESO DE ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS PRESIDENTES DE LAS JUNTAS VECINALES I. De la Inscripción de candidatos a RepresentanteEl cronograma electoral establece el plazo y lugar de inscripción de los candidatos. Los postulantes deberán presentar: .1. Solicitud de inscripción dirigida al Comité Electoral.La solicitud deberá contener: apellidos, nombres y fi rma del candidato, tal como fi gura en su documento de identidad, así como, el número del mismo y e-mail. Las solicitudes serán presentadas en la Plataforma de Atención al Público de Trámite Documentario de manera presencial o virtual, las que serán derivadas a la Gerencia de Participación Vecinal, que a su vez, las remitirá al Comité Electoral. II. Publicación de la Lista de CandidatosUna vez recepcionadas las solicitudes, el Comité Electoral aprobará y procederá a la publicación de la Lista de Candidatos a representante de las Juntas Vecinales en el Portal Institucional de la Municipalidad. III. Acto Electoral: Voto electrónico no presencial (VENP) El acto electoral se realizará de acuerdo con los siguientes lineamientos: 1. Sólo podrán ejercer el derecho a voto los presidentes de las juntas vecinales. 2. El VENP es una solución web que utiliza un navegador para interactuar con los electores, cuya plataforma será administrada por la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (GTIC), que permite la verifi cación de identidad de los votantes, el secreto, la unicidad de voto y la transparencia del sistema de votación. 3. Dicha plataforma dispondrá de los mecanismos que permitan asegurar la continuidad del servicio. 4. El VENP operará mediante un vínculo especial habilitado por GTIC, contendrá las instrucciones y un módulo de práctica para la correcta emisión del voto. 5. Los requisitos para ejercer el VENP son: a. Disponer una computadora de escritorio, laptop, tableta o móvil compatible con Windows y con servicio de internet b. Habiendo consignado el correo electrónico a través del cual emitirá su voto. 6. El acto electoral se realizará en el día y hora señalados en el presente Decreto de Alcaldía. 7. El material electoral está conformado por el Padrón Electoral electrónico, lista de candidatos electrónico, las cédulas de votación electrónica, computadora, impresora y el Acta electoral.8. Durante la instalación de la mesa, el sistema se ejecuta con la puesta en cero, debiéndose imprimir el Reporte respectivo. 9. Acondicionada la mesa de sufragio, se levantará el Acta de Instalación electrónica con indicación del lugar, fecha y hora de instalación, nombres, apellidos y números de DNI o Carné de Extranjería de los miembros de mesa y las observaciones, si las hubiera. El Acta será fi rmada por los miembros de mesa, integrada por tres personas de la Gerencia de Participación Vecinal. 10. Para el sufragio, los presidentes deberán acceder al VENP, mediante los dispositivos ya mencionados, conectados a internet, y a través del link proporcionado por GTIC, pudiendo emitir su voto una sola vez, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: a. Tendrán como máximo tres (03) intentos, el tiempo de la sesión es de cinco (05) minutos como máximo. b. Por medida de seguridad, cada presidente deberá ingresar con el PIN y contraseña que se habilitará a través del e-mail que consignaron al momento de la inscripción. c. Emitido el voto, se remitirá una con fi rmación de participación al correo electrónico registrado. d. De presentarse problemas, se habilitará el soporte técnico necesario (GTIC). 11. La cédula electrónica tendrá indicaciones sobre la correcta emisión del voto válido, pudiendo también hacer uso del voto nulo o en blanco. 12. Culminado el horario de votación, los miembros de mesa disponen el cierre del sistema tecnológico del VENP, procediendo a generar el Acta de Sufragio electrónica y los reportes respectivos, en presencia del representante de ONPE, de ser el caso. 13. El escrutinio se realizará de forma automática por el sistema informático de GTIC, cuyos resultados estarán a disposición del Comité Electoral (Acta de Escrutinio electrónica). 14. El Presidente de mesa será el responsable de la entrega de las Actas y material electoral al Comité Electoral al fi nalizar el acto electoral. 15. Las Actas electorales serán suscritas, como mínimo en cuatro (04) ejemplares, los que se distribuirán de la siguiente manera: a. Un ejemplar para el Comité Electoral. b. Un ejemplar para el Alcalde.c. Un ejemplar para la O fi cina Nacional de Proceso Electorales, de ser el caso. d. Un ejemplar para la Gerencia de Participación Vecinal 2050510-1 Modifican el Artículo Primero del D.A. Nº 004-2022-ALC/MSI, que aprobó el Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2023 en el Distrito de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2022-ALC/MSI San Isidro, 22 de marzo del 2022EL ALCALDE DE SAN ISIDROVISTOS: El Memorándum Vía Remota Nº 086-2022-0130-GPV/ MSI de la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe Vía Remota Nº 278-2022-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Vía Remota Nº 048--2022-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y,