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59 NORMAS LEGALES Sábado 26 de marzo de 2022 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Delegan al gerente general de la SUNASS, durante el ejercicio fiscal 2022, la facultad de aprobar o formalizar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que correspondan al titular de la entidad RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 023-2022-SUNASS-PE Lima, 18 de marzo de 2022VISTO:El Memorándum Nº 039-2022-SUNASS-OPPM de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal l) del artículo 11 1 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de SUNASS, el presidente ejecutivo puede delegar las funciones a su cargo, salvo impedimento legal. Que, conforme al numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440 (Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público), el titular de la entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el mencionado decreto legislativo, las leyes anuales de presupuesto del sector público o la norma de creación de la entidad. El titular es responsable solidario con el delegado Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 (Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto), vigente en virtud de la novena disposición complementaria fi nal y la primera disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo Nº 1440, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante resolución del titular de la entidad, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en aquella; pudiendo el titular delegar dicha facultad de aprobación mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano. Que, el artículo 25 de la Directiva N.º 0002-2021- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” señala que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, efectuadas en el mes respectivo, se formalizan por resolución del titular del pliego. Que, mediante el memorándum de visto la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización solicita la emisión de una resolución que delegue al gerente general la facultad de aprobar o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático de la SUNASS para el ejercicio 2022. Que, el artículo 10 2 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de SUNASS, señala que el presidente ejecutivo ejerce las funciones de dirección y representación de la SUNASS y es el titular de la entidad. De conformidad con las normas señaladas. SE RESUELVE: Artículo 1.- DELEGAR al gerente general de la SUNASS, durante el ejercicio fi scal 2022, la facultad de aprobar o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que correspondan al titular de la entidad. Artículo 2.- NOTIFICAR la presente resolución a todas las unidades de organización de la SUNASS.Artículo 3.- PUBLICAR la presente resolución en el portal institucional de la Sunass (www.sunass.gob.pe) y en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese y publíquese.IVÁN MIRKO LUCICH LARRAURI Presidente Ejecutivo 1 Texto según el artículo 10 de la Sección Primera del ROF de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 145-2019-PCM. 2 Texto según el artículo 9 de la Sección Primera del ROF de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 145-2019-PCM. 2052221-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Aprueban el Manual de Identidad Gráfica para el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao – SIT de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 063-2022-ATU/PE Lima, 25 de marzo de 2022VISTOS:El O fi cio N° 0013-2021-MTC/04.04 y el Informe Nº033- 2021-MTC/04.04/SMRG de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; los Memorandos Nº D-000254-2021-ATU/GG-UFCII y N° D-00061-2022-ATU/GG-UFCII de la Unidad Funcional de Comunicaciones e Imagen Institucional; el Memorando Nº D-000138-2022-ATU/GG-OPP-UPO de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº D-000122-2022-ATU/GG-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30900 se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), con competencia para plani fi car, regular, gestionar, supervisar, fi scalizar y promover la e fi ciente operatividad del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, para lograr una red integrada de servicios de transporte terrestre urbano masivo de pasajeros de elevada calidad y amplia cobertura tecnológicamente moderno, ambientalmente limpio, técnicamente e fi ciente y económicamente sustentable; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 073-2019-ATU/PE se aprueba el logotipo de la ATU, a ser utilizado en los servicios, documentos, actividades, productos, instrumentos y campañas de comunicación; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 08-2020-ATU/PE se aprueba la creación de la Unidad Funcional de Comunicaciones e Imagen Institucional dependiente de la Gerencia General de la ATU, estableciéndose como una de sus funciones el controlar y aprobar todo tipo de impresos, campañas, avisos, spots publicitarios que se realicen en cumplimiento de sus funciones; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 239-2020-ATU/PE se aprueba el Manual de Identidad