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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2022 (29/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Martes 29 de marzo de 2022 El Peruano / Nº Despacho fi scal en prevención del delito Distrito fi scal 7Fiscalía Provincial de Prevención del Delito con competen- cia en materia ambiental de HuauraHuaura Artículo Sétimo.- Precisar que las investigaciones o acciones de prevención del delito en trámite en los despachos provinciales penales y los despachos provinciales de prevención del delito, respectivamente, relacionadas con los delitos contra el patrimonio cultural y patrimonio paleontológico del Perú, iniciadas con anterioridad a la fecha de publicación de la presente resolución, seguirán siendo conocidas por los mismos despachos provinciales que tienen a su cargo dichas investigaciones o acciones de prevención del delito hasta su conclusión. Artículo Octavo.- Crear la “Red de Fiscales en Delitos contra el Patrimonio Cultural y Patrimonio Paleontológico a Nivel Nacional”, conformada por fi scales a cargo de los despachos provinciales señalados en los artículos quinto y sexto de la presente resolución y por aquellos designados en los distritos fi scales donde no se designe despacho provincial para el conocimiento de los delitos de esta materia en adición a sus funciones, con la fi nalidad de apoyar en la uni fi cación de criterios, procedimientos y métodos de investigación criminal de la especialidad. Artículo Noveno .- Disponer que el Fiscal Superior Gestor de la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis o quien desempeñe funciones en dicho cargo, encargado de la Coordinación Nacional de los Despachos Fiscales que conocen los delitos contra el patrimonio cultural y patrimonio paleontológico del Perú, se encargue de seleccionar a los fi scales como puntos de enlaces en aquellos distritos fi scales que no estén incluidos en el artículo quinto de la presente resolución. Artículo Décimo .- Facultar a las presidencias de la junta de fi scales superiores de los distritos fi scales de Lima Centro, Cusco, Lambayeque, Lima Sur, Lima Este, Arequipa, Ica y La Libertad, conforme a lo establecido en el artículo 157°, literales “c”, “j” y “o” del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, aprobado mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1139-2020-MP-FN, de fecha 15 de octubre de 2020, a fi n de que disponga las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Décimo Primero .- Facultar a la Fiscalía Superior Transitoria Especializada en Prevención del Delito con Competencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 9°, numerales 1, 4, 8, 11 y 21 del Reglamento de las Fiscalías de Prevención del Delito, aprobado mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 377-2016-MP-FN, modi fi cada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 869-2020-MP-FN, a fi n de que disponga las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Decímo Segundo .- Disponer que la Escuela del Ministerio Público realice acciones necesarias para la capacitación de los integrantes de la “Red de Fiscales en Delitos contra el Patrimonio Cultural y Patrimonio Paleontológico a Nivel Nacional”. Artículo Décimo Tercero .- Disponer que la Gerencia General realice acciones necesarias para la adecuada gestión de la información que se genere para la toma de decisiones basadas en evidencia; para ello es necesario mantener los registros y la información estadística actualizada, especi fi cando correctamente el tipo penal del delito con el fi n de identi fi car la situación actual de las denuncias o investigaciones. Artículo Décimo Cuarto .- Dejar sin efecto las resoluciones o disposiciones que contravengan la fi nalidad de la presente resolución. Artículo Décimo Quinto .- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio de Cultura, presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro, Cusco, Lambayeque, Lima Sur, Lima Este, Arequipa, Ica, La Libertad y Huaura, Fiscalía Superior Transitoria Especializada en Prevención del Delito con Competencia Nacional, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Escuela del Ministerio Público, Ofi cina de Control de Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Gerencia General, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina General de Tecnologías de la Información, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1 Ministerio de Cultura. Política Nacional de Cultura al 2030, p. 8 2052643-1 Dejan sin efecto nombramiento de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto y su designación en la Fiscalía Provincial Mixta del Putumayo - Maynas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 441-2022-MP-FN Lima, 28 de marzo de 2022VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nros. 259 y 973-2022-MP-FN- PJFSLORETO, cursados por el abogado Alberto Niño De Guzmán Sánchez, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto; mediante los cuales eleva la carta de declinación de la abogada Katherine Iveth Bracamonte Huamán, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta del Putumayo - Maynas, por motivos de índole personal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1669-2021-MP-FN, de fecha 03 de diciembre de 2021, mediante la cual se nombra a la abogada Katherine Iveth Bracamonte Huamán, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta del Putumayo - Maynas. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2052647-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto y su designación en la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Loreto RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 442-2022-MP-FN Lima, 28 de marzo de 2022