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20 NORMAS LEGALES Martes 3 de mayo de 2022 El Peruano / Artículo Tercero.- Excepcionalmente y por única vez, los contribuyentes que tengan al día el pago del Impuesto Predial 2022, tendrán un descuento del 35 % por el pago al contado de su deuda de arbitrios municipales 2021 y no del 30% como se indica la tabla en el artículo 7°1 de la presente Ordenanza Municipal. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- DEL CUMPLIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA Encárguese a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, la Gerencia de Recaudación, Gerencia de Fiscalización, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Ejecutoria Coactiva y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la publicidad y la promoción de la misma de los demás órganos y/o unidades orgánicas competentes el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- DE LA ENTRADA EN VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, hasta el 31 de agosto del 2022. Tercera.- DISPONER , la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial El Peruano y encárguese a la Gerencia General de Relaciones Publicas y la Gerencia de Informática la publicación de la misma en el Portal Institucional https: www.gob.pe/municallao, en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. POR TANTO: Registre, comunique y cumplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 2063295-1 PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de Resolución de Fijación de la Tarifa Eléctrica Rural para Suministros No Convencionales (Sistemas Fotovoltaicos) y sus condiciones de aplicación, aplicable al periodo comprendido entre el 17 de agosto de 2022 y el 16 de agosto de 2026 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 072-2022-OS/CD Lima, 28 de abril de 2022CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el literal a) del Anexo B.4 del “Procedimiento para la Fijación de la Tarifa Eléctrica Rural para Suministros no Convencionales”, aprobado mediante Resolución Osinergmin N° 080-2012-OS/CD, el proyecto de resolución que fi ja la Tarifa Eléctrica Rural para Suministros No Convencionales y sus condiciones de aplicación, así como, la relación de la información (informes, estudios, dictámenes o modelos económicos) que los sustentan, deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web de Osinergmin, a más tardar el 3 de mayo de 2022; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas y a las facultades concedidas por el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; De conformidad con el Informe Técnico N° 212- 2022-GRT y el Informe Legal N° 215-2022-GRT de la División de Distribución Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación Tarifas de Osinergmin respectivamente; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 013-2022, de fecha 28 de abril de 2022. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de Osinergmin: www.osinergmin.gob.pe, del Proyecto de Resolución de Fijación de la Tarifa Eléctrica Rural para Suministros No Convencionales (Sistemas Fotovoltaicos) y sus condiciones de aplicación, aplicable al periodo comprendido entre el 17 de agosto de 2022 y el 16 de agosto de 2026, documento que fi gura como Anexo 1 de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe, de la relación de información que fi gura como Anexo 2 de la presente resolución. Artículo 3.- Convocar a Audiencia Pública Virtual por transmisión en directo (streaming) para la sustentación y exposición, por parte de Osinergmin, de los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en el Proyecto de Resolución de Fijación de la Tarifa Eléctrica Rural para Suministros No Convencionales (Sistemas Fotovoltaicos), que se realizará en la fecha, hora y modalidad siguientes: Fecha: 17 de mayo de 2022 Hora: 3pm Modalidad: VirtualPlataforma: YouTube Live y Microsoft Teams (Los respectivos enlaces serán publicados en la página web y en un diario de circulación nacional previamente a la realización de la audiencia) Para participar de esta audiencia es necesario inscribirse en el siguiente enlace: https://www.osinergmin.gob.pe/audiencia. Artículo 4.- De fi nir un plazo de veinte (20) días hábiles contados desde el día siguiente de la realización de la Audiencia Pública a que se re fi ere el Artículo 3 de la presente Resolución a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o, de encontrarse habilitada, mediante la mesa de partes física, situada en la avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas a la siguiente dirección de correo electrónico: cargoRER@osinergmin.gob.pe, citando en el asunto lo siguiente: “Tarifa rural sistemas fotovoltaicos”. La recepción de los comentarios estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo,