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54 NORMAS LEGALES Jueves 5 de mayo de 2022 El Peruano / la GERPRO Moquegua deberá tener en cuenta para la emisión del listado, el cumplimiento de la normativa vigente, las disposiciones de fi scalización de las actividades de extracción y la información obtenida del seguimiento de las actividades extractivas del recurso pulpo (Octopus mimus); Que, con la Resolución Ministerial N° 00126-2022-PRODUCE emitida el 2 de abril de 2022, establece el límite de captura del año 2022 del recurso pulpo (Octopus mimus) en veinte (20) toneladas aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones pesqueras artesanales provistas de compresora de aire con permiso de pesca vigente y pescadores artesanales no embarcados que contienen permiso de pesca vigente, en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras – Punta Coles (RNSIIPG-Punta Coles), ubicada en la provincia de Ilo, departamento de Moquegua. Asimismo, establece la tasa máxima de extracción de dos (2) toneladas por mes, la cual es aplicable sólo hasta el 30 de junio de 2022, precisando que el diferencial es aprovechado, de manera sostenible, hasta alcanzar el límite de captura establecido o, en su defecto, hasta el 31 de octubre de 2022. Tanto el límite de captura establecido y las tasas máximas de captura previstas, pueden modi fi carse en función a los factores biológicos, pesqueros y/o ambientales que estime el Instituto del Mar del Perú-IMAPRE, para lo cual remite al Ministerio de la Producción las recomendaciones pertinentes. Que, la Resolución de Gerencia Regional Nº 020-2021- GRM/GERPRO en su Artículo Segundo, resuelve que la Comisión conformada por la Resolución de Gerencia Regional Nº 058-2020-GRM/GERPRO para elaborar un Reglamento Interno de Ordenamiento y Conservación del Recurso Pulpo, además de los Pescadores Artesanales integrantes del listado y designados por sus organizaciones representativas, deberá estar integrada por un representante de la Reserva Nacional Sistemas de Islas, Islotes y Puntas Guaneras (SERNANP-RNSIIPG), Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Ministerio de la Producción, Instituto del Mar del Perú y Gerencia Regional de la Producción Moquegua, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 00308-2020-PRODUCE; Que, mediante Informe Nº 026-2022-GRM/GERPRO- EPP, la Dirección de Extracción y Procesamiento Pesquero de la Dirección Regional de la Producción Moquegua, remite la evaluación de la propuesta del listado de embarcaciones pesqueras y la inclusión de nuevas embarcaciones presentado por el Sindicato Único de Pescadores Artesanales y Buzos Civiles del Puerto de Ilo – SUPABCPI, para el aprovechamiento del recurso “pulpo” en la RNIIPG – Punta Coles en el 2022, teniendo como referencia la relación actualizada de embarcaciones pesqueras artesanales que cuentan con derechos otorgados vigentes (permisos de pesca, cambios de dominio, cambio de nombre, etc.) otorgados por la Dirección Regional de la Producción, el Acuerdo de Conservación celebrado entre el SERNANP y el SUPABCPI y su Adenda, además del Reglamento Interno de Ordenamiento y Conservación del recurso “pulpo”; así como la evaluación de la propuesta de listado preliminar de pescadores no embarcados para aprovechamiento del recurso “pulpo” en la RNIIPG Punta Coles – 2022, teniendo como referencia la relación actualizada de pescadores artesanales no embarcados que cuentan con derechos vigentes otorgados por la Dirección Regional de la Producción y el Acuerdo de Conservación celebrado entre el SERNANP y la Asociación Única de Pescadores Artesanales y Buzos a Pulmón del Puerto de Ilo – AUPABPPI; Que, mediante Informe Nro. 027-2022-GRM/GERPRO- EPP la Dirección de Extracción y Procesamiento Pesquero de la Dirección Regional el Produccion Moquegua, dice: “…se acordó que en los listados fi nales solo deberían estar aquellas embarcaciones cuyos armadores cuenten con el permiso de pesca y/o cambio de titular vigente, hayan suscrito el Acuerdo de Conservación o adenda con el SERNANP y cumplido con todas las normas legales vigentes, no debiendo estar incluidos en ningún reporte de las instituciones competentes sobre incumplimientos relacionados con las medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento del Recurso pulpo en las RNIIPG- Punta de Coles; para el caso de Pescadores Artesanales No embarcados, se acordó que solo podrían participar aquellos pescadores integrantes de la Asociación Única de Pescadores Artesanales y Buzos a Pulmón del Puerto de Ilo-AUPABPPI que cuenten con permiso de pesca vigente y hayan suscrito el acuerdo de conservación con el SERNANP. Que, tanto el Acuerdo de Conservación entre la Reserva Nacional Sistemas de Islas, Islotes y Puntas Guaneras (SERNANP-RNSIIPG) y el Sindicato Único de Pescadores Artesanales Buzos Civiles del Puerto de Ilo -SUPABCPI, de fecha 11 de enero del año 2019 y su Adenda y Anexos de fecha 12 de febrero del mismo año, así como el Acuerdo de Conservación entre la Reserva Nacional Sistemas de Islas, Islotes y Puntas Guaneras (SERNANP-RNSIIPG) y la Asociación Única de Pescadores Artesanales y Buzos a Pulmón del Puerto de Ilo – AUPABPPI de fecha 06 de abril de 2021, tienen como objetivo conservar la diversidad biológica de los ecosistemas marino-costeros de Punta Coles mediante el fortalecimiento de su fortalecer la gestión efectiva de la RNIIPG Punta Coles, mediante la alianza con actores estratégicos como parte de la gestión participativa para: - Implementar las normas de uso de la zoni fi cación de la RNIIPG – Punta Coles. - Promover el ordenamiento de la pesca artesanal al interior de la RNIIPG - Punta Coles. - Implementar el monitoreo participativo de la gestión efectiva de la RNIIPG - Punta Coles. - Sensibilizar sobre el aprovechamiento con responsabilidad ambiental. Dichos acuerdos no reconocen derechos sobre los recursos naturales, el área acuática o el suelo (propiedad o posesión) al interior de la RNSIIPG – Punta Coles. Que, teniendo como referencia la relación actualizada de pescadores artesanales no embarcados que cuentan con derechos vigentes otorgados por la Dirección Regional de la Producción y el Acuerdo de Conservación celebrado entre SERNANP y la Asociación Única de Pescadores Artesanales y Buzos a Pulmón del Puerto de Ilo – AUPABPPI, se ha evaluado y aprobado la propuesta de listado preliminar de 28 pescadores no embarcados que cuentan con permiso de pesca vigente para la participación y extracción del recurso pulpo; asimismo se ha evaluado y aprobado la propuesta del listado de 61 Embarcaciones Pesqueras Artesanales provistas de compresora de aire, que cuentan con permiso de pesca vigente para su participación en las medidas de conservación y ordenamiento para la extracción del recurso pulpo (Octopus mimus), para su aprovechamiento en la RNIIPG Punta Coles – 2022; Estando a lo informado por la Dirección de Extracción y Procesamiento Pesquero de la Dirección Regional de la Producción Moquegua, mediante Informe Nº 26-2022-GRM/GERPRO-EPP y Anexos y contando con la opinión de Asesoría Legal Externa de la Dirección Regional de la Producción Moquegua a través del Informe Legal N° 026- 2022-GRM/DRDE/ALE-MAPC; Informe Nro. 27-2022-GRM/GRDE/DIREPRO-DEPP y Anexos y el Informe Legal Externo Nro. 026-2022-GRM/GRDE/ALE-MAPC. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Resolución Ministerial N° 00308-2020-PRODUCE, la Resolución Ministerial N° 00126-2022-PRODUCE y demás normas acotadas en la presente Resolución de la Dirección Regional de la Producción Moquegua; SE RESUELVE:Artículo Primero: APROBAR el Listado de Embarcaciones Pesqueras Artesanales provistas de compresora de aire con permiso de pesca vigente y el Listado de Pescadores No Embarcados (buzos a pulmón) que cuenten con permiso de pesca vigente,