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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2022 (07/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / MINING GROUP PERÚ S.A.C., para efecto de acogerse a lo dispuesto por la Ley N° 27623 coincide con los bienes y servicios que fi guran en la lista general aprobada por el Decreto Supremo N° 150-2002-EF, por lo que no presenta observaciones a la lista propuesta; Que, estando a lo informado por la Dirección General de Minería y la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante los documentos de vistos, respectivamente, mediante los cuales concluyen que de conformidad con la Ley N° 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración y su Reglamento de la Ley N° 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF, resulta viable la aprobación de la lista de bienes y servicios, cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto de Promoción Municipal a favor de la empresa AMG-AUPLATA MINING GROUP PERÚ S.A.C. durante la fase exploración del proyecto “San Miguel”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; el Reglamento de la Ley N° 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de la empresa AMG-AUPLATA MINING GROUP PERÚ S.A.C. durante la fase de exploración del proyecto minero “San Miguel”, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS SABINO PALACIOS PÉREZ Ministro de Energía y Minas 2064832-1 Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2022-MINEM/DM Lima, 4 de mayo de 2022 VISTOS: Los Informes N° 027-2022/MINEM- OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto y N° 104-2022-MINEM-OGPP/ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 226-2022-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 0396-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el acápite i del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas, en adelante el MINEM, a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a financiar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos gobiernos regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en las materias de energía y minería, en el marco del proceso de descentralización, hasta por la suma de S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, para el caso de los acápites i), ii), iii) y iv); así también, se dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 039-2022-MINEM/DM, de fecha 31 de enero de 2022, se autorizó la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, en atención a lo dispuesto en la Ley N° 31365, el MINEM y el Gobierno Regional del Callao, suscribieron el Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a su dirección y/o gerencia regional de Energía y Minas, para realizar las competencias y atribuciones en las materias de energía y de minería del referido gobierno regional, a fi n de que cuenten con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia; asimismo, realizar el seguimiento del ejercicio de las funciones materia de transferencia mediante los Informes de Avances y Logros del Convenio y la Evaluación de Indicadores de Gestión establecido en el Anexo 1 del citado Convenio; Que, a través del mencionado Convenio de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de la dirección o gerencia regional de Energía y Minas, según el detalle establecido en el convenio; Que, mediante el Informe N° 027-2022/MINEM-OGPP- OPRE la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor del citado Gobierno Regional; Que, a través del Informe N° 104-2022-MINEM- OGPP/ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que el Gobierno Regional del Callao cumplió con presentar el Informe de Avances y Logros correspondiente al tercer y cuarto trimestre del año 2021, por lo que, brinda su conformidad para ejecutar la transferencia del año 2022; asimismo, indica que la O fi cina de Presupuesto con fecha 07 de febrero de 2022, aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2022-00347-001 con cargo a la Meta N° 0056 y SIAF N° 000343, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe N° 226-2022-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el MINEM dispone de los recursos fi nancieros necesarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados así