TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 054-2022-RE Lima, 6 de mayo de 2022VISTO:El Informe Escalafonario (OAP) N° 111/2022, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 28 de abril de 2022; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 18 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado de fi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema. La determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe Escalafonario (OAP) N° 111/2022, señala que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona cumplirá el 18 de junio de 2022, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 047- 2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, el 18 de junio de 2022, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2065095-8 Pasan a la situación de retiro a Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 055-2022-RE Lima, 6 de mayo de 2022VISTO: El Informe Escalafonario (OAP) N° 109/2022, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 28 de abril de 2022; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 18 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado de fi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema. La determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe Escalafonario (OAP) N° 109/2022, señala que el Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Eugenio Fortunato Maury Parra cumplirá el 1 de junio de 2022, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 047- 2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Eugenio Fortunato Maury Parra, el 1 de junio de 2022, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Eugenio Fortunato Maury Parra, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2065095-9 Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India RESOLUCIÓN SUPREMA N° 056-2022-RE Lima, 6 de mayo de 2022CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 040-2019- RE, de 6 de marzo de 2019, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Rafael Polo Castañeda;