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81 NORMAS LEGALES Sábado 14 de mayo de 2022 El Peruano / al presente informe estos formatos en cuestión, nos veríamos en la necesidad de esperar a ingresar en el SUT de los procedimientos de nuestro TUPA vigente a través de Carga Inicial, lo que sucederá hasta el 31 de diciembre del año en curso, fecha en la que vence el plazo para incorporación de los procedimientos en el SUT (Sistema Único de Trámite), según RSGP 004-2020-PCM-SGP, por estos procedimientos nuevos para incorporación de nuestro TUPA vigente; Que, mediante el Informe Nº 433-2021-GAJ/MPC, de fecha 20 de septiembre del 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica remitió el expediente administrativo a la Gerencia Municipal conforme lo dispuesto en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública 005-2018-PCM-SGP e Informe Legal Nº 420 y 421-2021-GAJ/MPC; Que, conforme al Informe Nº 029-2021-GM- MPC, de fecha 21 de septiembre del 2021, remite el expediente administrativo gestado, a efecto se someta y sea tratado en Sesión de Concejo Municipal la Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto de la mayoría de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, se aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA Y ACTUALIZA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANÁ Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial De Camaná (TUPA), conforme a los anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a todas la Dependencias de la Municipalidad Provincial de Camaná, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEJAR, sin efecto cualquier otra ordenanza, que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario local de mayor circulación; y, a la Sub Gerencia de Informática la publicación integra con sus anexos en la Página web de la municipalidad, conforme a ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCELO ALEJANDRO VALDIVIA BRAVO Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2053093-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC Crean el Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (COMUDENNA) de la Provincia de Hualgayoc ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2022-MPH-BCA Bambamarca, 27 de enero de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVINCIAL DE HUALGAYOCPOR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Hualgayoc en su sesión ordinaria, de fecha 27 de enero del 2022; VISTO:El Informe Nº 020-2022-MPH-BCA/GDS y el Informe Nº 44-2022-MPH-BCA-GAJ, referente a la aprobación de la Ordenanza Municipal que crea el Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y del Adolescentes (COMUDENNA) de la Provincia de Hualgayoc; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado Peruano, modi fi cado mediante Ley Nº 27680, que aprueba la reforma constitucional del Capítulo XIV y el Título IV sobre descentralización, establece que las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo establecido por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el inciso 1.2 del Artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece entre las funciones especí fi cas exclusivas de los gobiernos locales la de establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores; Que, el objeto del Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (COMUDENNA) es promover el trabajo articulado del Gobierno Municipal y la comunidad de su jurisdicción para la plena vigencia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes; Que, con Informe Nº 020-2022-MPH-BCA/GDS, de fecha 19.01.2022, en atención al Informe Nº003-2022-MPH-BCA/GDS/SGPS/DEMUNA, la Gerencia de Desarrollo Social, solicita la aprobación de la Ordenanza Municipal que crea el Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y del Adolescente (COMUDENNA); Que, con Informe Nº 44-2022-MPH-BCA-GAJ, de fecha 24.01.2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica determina que es procedente que el Concejo Provincial apruebe la Ordenanza Municipal que crea el Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y del Adolescente (COMUDENNA); Que, estando a los fundamentos expuestos y a las funciones establecidas en el artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL COMITÉ MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (COMUDENNA) DE LA PROVINCIA DE HUALGAYOC Artículo Primero: DECLARAR de interés social para la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca la creación e instalación del Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (COMUDENNA), de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca. Artículo Segundo: CREAR a partir de la fecha el Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (COMUDENNA) como espacio de coordinación y gestión interinstitucional que promueva la implementación de las políticas públicas existentes en materia de niñez y adolescencia a nivel local, como mecanismo permanente de participación dentro de la jurisdicción. Artículo Tercero: APROBAR el Reglamento de funciones del COMUDENNA y encárguese al señor Alcalde (o delegue) la convocatoria e instalación del mismo.