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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2022 (14/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Sábado 14 de mayo de 2022 El Peruano / CAPÍTULO I DE LA ASAMBLEA GENERAL Artículo 7º.- La Asamblea General: a. Es una instancia de deliberación y consulta. b. Se reúne ordinariamente cada dos meses y extraordinariamente cuando la Junta Directiva lo crea necesario o ha pedido de la mitad más uno de sus integrantes. c. La Asamblea es presidida por el Alcalde o su representante. d. La Junta Directiva es la encargada de convocar a la Asamblea. e. El quórum para la Asamblea es la mitad más uno de sus integrantes. Artículo 8º.- De las funciones de la Asamblea: a. Aprueba el Plan de trabajo del COMUDENNA b. Designa a los delegados que conforman la Junta Directiva. c. Evalúa el informe anual elaborado por la Junta Directiva. Los acuerdos deben ser tomados por consenso, sin embargo, a falta de éste, serán tomados por la mitad más uno de los votos de las instituciones participantes. CAPÍTULO II DE LA JUNTA DIRECTIVA Artículo 9º.- La Junta Directiva: a. Es una instancia permanente de coordinación. b. Se reúne ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente a solicitud del Alcalde o a pedido de la mitad más uno de sus integrantes. c. Es presidida por el Alcalde o su representante. Artículo 10 º.- Integrantes de la Junta Directiva: Integran la Junta Directiva:a. El Alcalde o su representante, quien actúa como presidente de la Junta Directiva. b. El representante del Concejo Municipal.c. De 4 a 6 integrantes elegidos en asamblea que representen a las instituciones públicas, privadas y a la organización de niñas, niños y adolescentes de la provincia. d. La DEMUNA, quien actúa como Secretaría Técnica. Artículo 11º.- De la elección de los delegados: a. Los delegados se eligen en asamblea general. b. El plazo de la elección es por un año, al término del cual se procederá a la renovación de delegados ante la Junta Directiva. c. Ante la renuncia o impedimento de uno de los delegados, se procederá a reemplazarlo en el cargo mediante nueva elección en Asamblea General. En este caso, la elección será hasta culminar el período de la Junta Directiva. Artículo 12º.- Funciones de la Junta Directiva: a. Elaborar la propuesta del Plan Operativo Anual del COMUDENNA para su aprobación por la Asamblea General. b. Conformar las comisiones (mesas o líneas estratégicas) que requiera la ejecución del Plan de trabajo. c. Realizar el seguimiento del cumplimiento de acuerdos del Plan Operativo Anual. Artículo 13º.- Funciones del Presidente de la Junta Directiva:a. Convocar y presidir las sesiones de la Junta Directiva. b. Tramitar y someter al Concejo Municipal los pedidos y sugerencias que formule el COMUDENNA. c. Promover la participación de las instituciones públicas, privadas y de los niños, niñas y adolescentes. d. Proponer al Concejo Municipal la regularización de las funciones del COMUDENNA. e. Delegar en un regidor o funcionario su representación en las sesiones del COMUDENNA. f. Designar a los funcionarios que realizarán la labor de apoyo al COMUDENNA. g. Informar en el mes de Junio de cada año sobre el avance del desarrollo del Plan Provincial de Acción por la Infancia y Adolescencia. Artículo 14 º.- Función del representante del Concejo Municipal: a. El Representante del Concejo Municipal, participa permanentemente en el COMUDENNA. Artículo 15 º.- Funciones de los delegados: a. Representar a las instituciones ante el COMUDENNA que los eligieron ante la Junta Directiva. b. Canalizar iniciativas y propuestas de acciones que permitan el trabajo interinstitucional y multidisciplinario. c. Velar por el cumplimiento de los derechos y deberes de los niños, niñas y adolescentes en la jurisdicción. Artículo 16 º.- Secretaría Técnica del COMUDENNA: a. La DEMUNA es la encargada de la Secretaría Técnica del COMUDENNA. b. Sus funciones son: - Redactar las Actas de la Asamblea General del COMUDENNA y de las reuniones de la Junta Directiva. - Actuar de enlace entre la Municipalidad y las instituciones que integran el COMUDENNA. - Elaborar el directorio de integrantes del COMUDENNA. - Mantener activas las coordinaciones entre el municipio y cada uno de los integrantes de las instituciones públicas y privadas - Mantener informados a los integrantes del COMUDENNA sobre los avances en niñez y adolescencia de acuerdo a los lineamientos dados por el Ente Rector-MIMP. - Proponer estrategias de intervención a favor de la niñez y adolescencia en el espacio local. TÍTULO IV DE LA ECONOMÍA Artículo 17º.-a. El Plan Operativo Anual del COMUDENNA contará con un presupuesto asignado por la Municipalidad para su ejecución. b. El COMUDENNA podrá participar en el presupuesto participativo. c. Por acuerdo de la Junta Directiva del COMUDENNA se podrá elaborar proyectos para gestionar cooperación externa, interna, donaciones y otras formas de gestión de recursos, debiéndose presentar a la Asamblea informes detallados de ingresos y gastos. TÍTULO V DISPOSICIONES FINALES Artículo 18 º.- Los asuntos no contemplados en este Reglamento serán resueltos por la Junta Directiva del COMUDENNA. 2066677-1