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10 NORMAS LEGALES Martes 17 de mayo de 2022 El Peruano / A.5. El importador deberá contar con el “Registro de importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada” vigente. A.6. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso. A.7. El inspector del SENASA tomará una muestra del producto importado para que sea remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del SENASA, a fi n de descartar la presencia de plagas enunciadas en la declaración adicional. El costo del diagnóstico será asumido por el importador. A.8. El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de cuatro (4) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido, por parte del SENASA, a tres (3) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada y a una (1) inspección obligatoria fi nal para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino fi nal del producto. B. Para plantas in vitro de orquídeas del género Phalaenopsis spp. B.1. El envío deberá contar con el permiso fi tosanitario de importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certi fi cación y embarque en el país de origen. B.2. El envío deberá estar acompañado de un certi fi cado fi tosanitario o fi cial del país de origen en el que se consigne: B.2.1. Declaración adicional:- Las plantas in vitro proceden de bancos de germoplasma, laboratorios o viveros registrados por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF del país de origen. - Las plantas in vitro proceden de plantas madres inspeccionadas. Esas plantas madres que han sido evaluadas por técnicas analíticas de laboratorio, están libres de: Acidovorax cattleyae (=Acidovorax avenae subsp. cattleyae ), Dickeya zeae (= Erwinia chrysanthemi pv. zeae ), Impatiens necrotic spot virus (INSV), y Orchid fl eck virus (OFV) (indicar método de diagnóstico); o, Las plantas in vitro han sido evaluadas por técnicas analíticas de laboratorio y están libres de: Acidovorax cattleyae (=Acidovorax avenae subsp. cattleyae ), Dickeya zeae (= Erwinia chrysanthemi pv. zeae ), Impatiens necrotic spot virus (INSV) y Orchid fl eck virus (OFV) (indicar método de diagnóstico). - El medio de cultivo se encuentra libre de plagas. B.3. Los envases serán nuevos, transparentes y herméticamente cerrados, etiquetados y rotulados con la identi fi cación del producto. B.4. El importador deberá contar con el “Registro de importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada” vigente. B.5. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso al país. B.6. Al arribo del material al lugar de producción autorizada para el seguimiento de la cuarentena posentrada, el inspector del SENASA tomará una muestra del envío para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico del Sanidad Vegetal. El costo del diagnóstico será asumido por el importador. B.7. El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de cuatro (4) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido, por parte del SENASA, a tres (3) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada y a una (1) inspección obligatoria fi nal para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino fi nal del producto. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUE CARRASCO VALIENTE Director General (e)Dirección de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria 2067733-2 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Ejecutivo de Asesoría Jurídica del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº D000054-2022-MIDIS/PNPAIS-DE Lima, 16 de mayo del 2022 VISTOS: El Informe Nº D000076-2022-MIDIS/PNPAIS-URRHH, de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº D000100-2022-MIDIS/PNPAIS-UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS” y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-MIDIS, publicado el 07 de setiembre de 2017, se constituye el Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 219-2020-MIDIS/PNPAIS, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 06 de noviembre de 2020, se aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del “Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”, como documento de gestión, que describe de manera estructurada todos los per fi les de puestos de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 108-2021-SERVIR/PE, se formaliza el Acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR que aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS” y el Plan de Implementación, en el cual se establece los puestos de con fi anza; Que, a través de la Resolución Directoral Nº D000045- 2022-MIDIS/PNPAIS-DE, de fecha 26 de abril de 2022, se encarga al señor Eduardo Gonzalo Muga Melgarejo, las funciones de Ejecutivo (a) de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional “Plataforma de Acción para la Inclusión Social – PAIS”, en adición a sus funciones como Asesor de la Dirección Ejecutiva, hasta la designación del titular; Que, mediante Informe Nº D000076-2022-MIDIS/ PNPAIS-URRHH, la Unidad de Recursos Humanos informa que, en consideración a lo dispuesto por la Dirección Ejecutiva y al encontrarse vacante el puesto de Ejecutivo (a) de la Unidad de Asesoría Jurídica corresponde designar al señor Igor Elías Mejía Verástegui quien cumple los requisitos mínimos establecidos en el Manual de Per fi les de Puestos del Programa; Que, mediante Informe Legal Nº D000100-2022- MIDIS/PNPAIS-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica indica que al encontrarse vacante el puesto de Ejecutivo (a) de la Unidad de Asesoría Jurídica y en virtud de lo informado por la Unidad de Recursos Humanos a través del Informe Nº D000076-2022-MIDIS/PNPAIS-URRHH, resulta viable emitir el acto resolutivo que designe al señor Igor Elías Mejía Verástegui, en dicho puesto; Con el visto de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 013-2017-MIDIS, mediante el cual se crea el Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS” sobre la base del Programa Nacional Tambos, y la Resolución Ministerial Nº