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19 NORMAS LEGALES Martes 17 de mayo de 2022 El Peruano / a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia; por lo que, solicita se inicie el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera a los organismos ejecutores con los cuales se han suscrito ochenta y tres (83) convenios, por el importe total de S/ 8 365 800,00 (Ocho Millones Trescientos Sesenta y Cinco Mil Ochocientos y 00/100 Soles), para la ejecución de actividades de intervención inmediata AII-24, en los departamentos de Amazonas (06), Ancash (06), Apurímac (04), Arequipa (03), Ayacucho (06), Cajamarca (07), Cusco (01), Huancavelica (06), Huánuco (05), Ica (01), Junín (07), La Libertad (03), Lambayeque (02), Lima (06), Loreto (03), Madre de Dios (01), Moquegua (01), Pasco (01), Piura (02), Puno (06), San Martín (04), Tacna (01), y Ucayali (01), que podrían generar un estimado de 3 760 (Tres Mil Setecientos Sesenta) empleos temporales; Que, por su parte, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización, a través del Informe N° 01389-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, señala que, el fi nanciamiento de ochenta y tres (83) actividades de Intervención Inmediata AII-24, por el importe de S/ 8 365 800,00 (Ocho Millones Trescientos Sesenta y Cinco Mil Ochocientos y 00/100 Soles), contribuye al objetivo del Programa, a través de la generación de un estimado de 3 760 (Tres Mil Setecientos Sesenta) empleos temporales, contándose con los créditos presupuestarios su fi cientes, toda vez que dicho monto forma parte de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 1303 aprobado por el mismo importe, que garantiza el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para la ejecución del gasto en el marco de la normativa vigente, señalando además que, dicho certi fi cado se emitió en el marco de la normativa vigente, según lo establecido en el numeral 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Decreto Legislativo 1440; Que, en razón a lo expuesto, la mencionada Unidad de asesoramiento considera procedente que se efectúe la transferencia fi nanciera para el pago del Aporte Total del Programa de ochenta y tres (83) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en la modalidad de Intervención 2- Por Emergencias o Desastres Naturales, cuyo importe total asciende a S/ 8 365 800,00 (Ocho Millones Trescientos Sesenta y Cinco Mil Ochocientos y 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, mediante Informe N° 239-2022-LP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorando N° 0321- 2022-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 207-2022-MTPE/4/9.2, de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 0383-2022-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal c) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Supremo N° 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial N° 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de ochenta y tres (83) convenios suscritos con el fi n de ejecutar actividades de intervención inmediata AII-24, por el importe total de S/ 8 365 800,00 (Ocho Millones Trescientos Sesenta y Cinco Mil Ochocientos y 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo precedente se publique en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el/la Jefe/a de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2067580-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS Encargan funciones de Director Ejecutivo de la Oficina de Asesoría Jurídica del INEN RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 154-2022-J/INEN Lima, 16 de mayo del 2022VISTOS:El Informe Nº 000279-2022-ORH/INEN, de la O fi cina de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28748 se creó como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía económica, fi nanciera, administrativa y normativa, adscrito al Sector Salud, constituyendo Pliego Presupuestal y cali fi cado como Organismo Público Ejecutor en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 097-2021-PCM- Decreto Supremo que Aprueba la Actualización de la Cali fi cación y Relación de los Organismos Públicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-SA, publicado en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 11 de enero de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN, estableciendo como jurisdicción, funciones generales y estructura orgánica del Instituto, así como las funciones de sus diferentes órganos y unidades orgánicas; Que, conforme a lo dispuesto en el literal u) del artículo 9º del ROF del INEN, la Jefatura Institucional,