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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2022 (17/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Martes 17 de mayo de 2022 El Peruano / NTP 011.901:2022 FLORES Y PLANTAS ORNAMENTALES. Rosa de corte. Requisitos. 1ª Edición NTP-IEC 62430:2022 Diseño ambientalmente consciente. Principios, requisitos y orientación. 1ª Edición NTP-IEC 60331-1:2022 Ensayos para cables eléctricos bajo condiciones de fuego. Integridad del circuito. Parte 1: Método de ensayo para fuego con impacto a una temperatura de por lo menos 830 °C para los cables de tensión nominal hasta e inclusive 0,6/1,0 kV y con un diámetro total superior a 20 mm . 2 a Edición Reemplaza a la NTP-IEC 60331-1:2015 Artículo 2.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP-IEC 60331-1:2015 Ensayos para cables eléctricos bajo condiciones de fuego Integridad del circuito. Parte 1: Método de ensayo para fuego con impacto a una temperatura de por lo menos 830°C para los cables de tensión nominal hasta e inclusive 0,6/1,0 kV y con un diámetro total superior a 20 mm . 1ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de Normalización 2067140-1 SALUD Aprueban la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2024 del Ministerio de Salud al año 2025; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional 2019-2025 ampliado del Ministerio de Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 354-2022/MINSA Lima, 16 de mayo del 2022 Visto, el Expediente Nº 22-029959-002, que contiene el Informe Nº 086-2022-OPEE-OGPPM/MINSA y el Informe Nº 089-2022-OPEE-OGPPM/MINSA emitidos por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Nota Informativa Nº 415-2022-OGAJ/MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD y modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00009-2021/CEPLAN/PCD señala que los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales (PEI), para su implementación en los Planes Operativos Institucionales (POI), se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM) y otros tipos de planes, según corresponda el tipo de entidad; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 256-2018-MINSA se constituye la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud”, la cual tiene entre sus funciones determinar el plan de trabajo para elaborar o modi fi car el Plan Estratégico Institucional, y validar dicho documento; Que, en el marco de lo establecido en la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD y modi fi catorias, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización solicitó al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, emitir opinión técnica sobre el proyecto del Plan Estratégico Institucional 2019-2025 ampliado del Ministerio de Salud; Que, a través del O fi cio Nº D000271-2022-CEPLAN- DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, comunica que se ha emitido el Informe Técnico Nº D000096-2022-CEPLAN-DNCPPE, el cual concluye que el proyecto de Plan Estratégico Institucional 2019-2025 ampliado del Ministerio de Salud, cumple con lo establecido en la Guía para el Planeamiento Institucional, recomendando su aprobación; Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias, es función de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización dirigir el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, programas y proyectos de desarrollo sectorial, coordinando con los órganos y organismos involucrados; Que, mediante el Informe Nº 089-2022-OPEE- OGPPM/MINSA la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta y propone el proyecto de Plan Estratégico Institucional 2019-2025 ampliado del Ministerio de Salud, informando que el mismo se elaboró de acuerdo a las pautas metodológicas establecidas en la Guía para el Planeamiento Institucional del CEPLAN; asimismo, menciona que dicho proyecto fue aprobado por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud mediante Acta de Reunión de fecha 19 de abril de 2022, por lo que solicita su aprobación mediante resolución ministerial; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias; y, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias;