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83 NORMAS LEGALES Viernes 20 de mayo de 2022 El Peruano / en el documento líneas arriba al Estado Utah a la presentación internacional de las Fiestas del Cusco Inti Raymi 2022; Que, los gastos de alojamiento, traslado y pasajes entre la ciudad de Cusco a Lima; Lima - Utah y retorno del Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, y los dos regidores serán cubiertos por la entidad invitante; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 12 de abril de 2022, se dio cuenta en la sección Despacho de las invitaciones al señor Alcalde de la ciudad y a dos regidores, al Estado de Utah, Estados Unidos a participar en la presentación internacional de Fiestas del Cusco; asimismo, se debatió y autorizo el viaje del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina y de los regidores Marco Antonio Marroquín Muñiz y María Hilda Rozas Cáceres entre el 26 de abril al 01 de mayo de 2022; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos especí fi cos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por MAYORÍA; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina y de los regidores Marco Antonio Marroquín Muñiz y María Hilda Rozas Cáceres el día 28 de abril de abril de 2022, al Estado de Utah, Estados Unidos, a la presentación internacional de las Fiestas del Cusco 2022 por invitación de la Gerente General (e) de la Empresa Municipal de Festejos del Cusco EMUFEC en representación de la Municipalidad Provincial del Cusco; otorgándoles licencia del 26 de abril al 01 de mayo de 2022. Artículo Segundo.- PRECISAR, que los gastos de alojamiento, traslado y boletos aéreos nacionales e internacionales entre la ciudad de Cusco a Lima; Lima - Utah y retorno del Alcalde y de los dos miembros del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, serán cubiertos por la entidad invitante. Artículo Tercero.- DISPONER, a la Gerencia Municipal, a la O fi cina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan, para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Cuarto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, de fecha 14 de junio de 2004, que el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco y los miembros del Concejo Municipal, deberán emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 2067831-1 Autorizan viaje de funcionaria para participar en evento a realizarse en México ACUERDO MUNICIPAL Nº 015-2022-MPC Cusco, doce de abril de dos mil veintidós.EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO.VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha doce de marzo de dos mil veintidós; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi catorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, mediante Informe Nº 018-2022-GCHC-GM-MPC, la Gerente de Centro Histórico solicita la autorización para participar del Encuentro de la Secretaria Regional de la OCPM que se llevara a cabo entre los días 28 al 30 de abril del presente en la Ciudad de Morelia, Michoacán, México, en merito a la Carta de fecha 30 de marzo de 2022 remitida por el Secretario Regional de América Latina y Coordinador de la Secretaria Regional de América Latina de la Organización de las Ciudades del Patrimonio Mundial OCPM; Que, mediante correo electrónico de fecha 5 de abril de 2022, enviado por el señor Gaspar Hernández Razo, Coordinador de la Secretaria Regional de América Latina de la Organización de las Ciudades del Patrimonio Mundial OCPM precisa que los pasajes aéreos entre la ciudad de Cusco a Lima; Lima - Michoacán, México y retorno para la Gerente de Centro Histórico de la Municipalidad Provincial del Cusco, serán cubiertos por la entidad invitante; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 12 de abril de 2022, se dio cuenta en la sección Despacho de la invitación a la Gerente de Centro Histórico, a la Ciudad de Michoacán, México a participar en el Encuentro de la Secretaria Regional de la OCPM; asimismo, se debatió y autorizo el viaje de la señora Gerente de Centro Histórico, Arquitecta Saby Clorinda Zarate Ferro entre los días 26 de abril de 2022 al 3 de mayo de 2022; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos especí fi cos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por UNANIMIDAD; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje de la señora Arquitecta Saby Clorinda Zarate Ferro, Gerente de Centro Histórico, en representación de la Municipalidad Provincial del Cusco entre los días 28,29 y 30 de abril de 2022, a la Ciudad de Morelia, Michoacán, México, al Encuentro de la Secretaria Regional de la Organización de Ciudades del Patrimonio Mundial OCPM por invitación del Coordinador de la Secretaria Regional de América Latina; otorgándole licencia del 26 de abril al 3 de mayo de 2022. Artículo Segundo.- PRECISAR, que los gastos de transporte aéreo, boletos aéreos nacionales e internacionales entre la ciudad de Cusco a Lima; Lima - Morelia, Michoacán, México y retorno, serán cubiertos