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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2022 (20/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Viernes 20 de mayo de 2022 El Peruano / N°DENOMINACIÓN DEL SERVICIO REQUISITOS PRECIO 3Medición de ácidos grasos en aceite de consumo humano en fritura.Pago de servicio S/ 100.00 4Toma de muestra y análisis de super fi cies vivas e inertes en contacto con alimentos y bebidas.Pago de servicio S/ 84.00 5Inspección higiénico sanitario a solicitud del interesado.Pago de servicio S/ 50.00 CURSOS DE CAPACITACIÓN 6Principios Generales de Higiene: Personal que labora en mercados de abastos, bodegas minimercados, supermercados y comercio ambulatorio.Pago de servicio S/ 15.00 7Principios Generales de Higiene: Personal que labora en restaurantes y servicios a fi nes.Pago de servicio S/ 25.00 8Principios Generales de Higiene: Personal que labora en Panaderías y Pastelerías.Pago de servicio S/ 25.00 SERVICIO DE VETERINARIA 9 Consulta Médico VeterinarioPago de servicioS/ 10.00 10 Desparasitación interna Canes hasta 5 KgPago de servicio S/ 15.00 Canes de 5.1 hasta 20 KgPago de servicio S/ 20.00 Felinos en generalPago de servicio S/ 15.00 11Desparasitación externa (antipulgas) Canes hasta 5 KgPago de servicio S/ 10.00 Canes de 5.1 hasta 20 KgPago de servicio S/ 20.00 Felinos en generalPago de servicio S/ 10.00 12 Aplicación de tratamiento Aplicación de inyectables por medicamentoPago de servicio S/ 10.00 Nota: Costo es de S/ 10.00 por fármaco 13 Servicio de baño de canes Baño para can chicoPago de servicio S/ 20.00 Baño para can medianoPago de servicio S/ 25.00 Baño para can grande Pago de servicio S/ 35.00 Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 202-2020-MSB-A de fecha 02 de octubre de 2020, N° 226-2020-MSB-A de fecha 17 de noviembre de 2020, N° 102-2021-MSB-A de fecha 10 de junio de 2021, que modi fi can el TUSNE de la Municipalidad. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO los servicios no exclusivos que estuvieran a cargo de la Unidad de Defensoría de la Salud y Gestión de Servicios, Unidad de Determinantes de la Salud y Unidad de Fiscalización, aprobados por Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A de fecha 07 de julio de 2019. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Planeamiento y Racionalización de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica actualizar el cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja. Artículo Quinto.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia Institucional www.munisanborja.gob.pe, así como encargar a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión en el distrito. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 2068250-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Convocan a la ciudadanía a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de La Punta, del periodo 2021 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2022-MDLP/AL La Punta, 18 de mayo del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTOS:El Informe Nº 004-2022-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal; el Memorándum Nº 037-2022-MDLP/AL emitido por el despacho de Alcaldía; el Proveído Nº 845-2022-MDLP/GM de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 043-2022-MDLP/OPP emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 337-2022-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante la Ley Nº 31433, se incorpora el artículo 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 013-2021- MDLP/AL de fecha 26 de noviembre de 2021, se aprueba el Reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de La Punta; Que, el artículo 11º del citado Reglamento establece que la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas es convocada por la Municipalidad Distrital de La Punta, y su difusión se realizará utilizando los diversos medios de comunicación disponibles a ya través del Portal Institucional; Estando a lo expuesto, contando con los vistos de la Gerencia Municipal, la O fi cina de Planeamiento y