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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2022 (24/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Martes 24 de mayo de 2022 El Peruano / conforme a la LOE y, en lo que fuera aplicable, el Reglamento de Actas Observadas” [resaltado agregado]. En el Reglamento del Procedimiento de Aplicación a las Actas Observadas, Actas con Votos Impugnados y Actas con Solicitud de Nulidad en Elecciones Regionales y Elecciones Municipales 3 –aplicable en lo que fuera pertinente a las elecciones internas– (en adelante, Reglamento de Actas Observadas) 1.7. El numeral 21.2. del artículo 21 prescribe lo siguiente: 21.2. Acta electoral con un tipo de elección, en la que la cifra consignada como “total de ciudadanos que votaron” es mayor a la “suma de votos” En este caso, se mantiene la votación de cada organización política, votos en blanco y votos nulos, y la diferencia entre el “total de ciudadanos que votaron” y la “suma de votos” se adiciona a los votos nulos. 1.8. El literal b del artículo 13 determina que “el JEE, para resolver actas observadas, realiza el cotejo del ejemplar observado con el ejemplar del JEE”. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. El numeral 4 del artículo 178 y el artículo 181 de la Constitución Política del Perú (ver SN 1.1.) asignan al JNE, entre otras, la función de administrar justicia en materia electoral, en última y de fi nitiva instancia. Así, en atención a su carácter jurisdiccional, este órgano colegiado puede ejercer aquellos deberes y facultades que se atribuyen a los jueces dentro de un proceso. 2.2. En las elecciones internas con motivo de las ERM 2022, se ha facultado a este órgano electoral para resolver las actas electorales observadas por la ONPE, conforme a la LOE y al Reglamento de Actas Observadas (ver SN 1.6.). 2.3. En ese sentido, la ONPE remite el Acta Electoral Nº 101052-38-E, indicando los siguientes errores materiales: R: Total de votos por consulta es menor que los ciudadanos que votaron Y: Total de votos por consulta es menor que sufragantes calculados 2.4. Ante ello, se debe dilucidar si puede declararse su validez a partir del cotejo con el ejemplar del acta electoral correspondiente al JNE (ver SN 1.8.). 2.5. Realizada la comparación entre los ejemplares, se advierte que ambos tienen idéntico contenido en los rubros observados por la ONPE: MUNICIPALTOTAL DE VOTOS (suma de votos)TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON AREQUIPA 0 AREQUIPA - ALTO SELVA ALEGRE 0 AREQUIPA - JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO0 AREQUIPA - LA JOYA 0 AREQUIPA - MARIANO MELGAR 0 AREQUIPA - MIRAFLORES 0 61 AREQUIPA - PAUCAR PATA 0 AREQUIPA - SAN JUAN DE SIGUAS 0 AREQUIPA - SOCABAYA 0 AREQUIPA - UCHUMAYO 0 AREQUIPA - YANAHUARA 0 2.6. Así, se observa que: El total de votos (suma de votos) en la provincia y distritos citados es la cifra 0.El total de ciudadanos que votaron es la cifra 61. Por lo que, en aplicación del numeral 21.2. del artículo 21 del Reglamento de Actas Observadas (ver SN 1.7.), en cada uno de los lugares señalados, la diferencia entre ambas cifras –”Total de Ciudadanos que Votaron” y “Total de Votos”– se adicionará a los votos nulos. En consecuencia, se deben considerar las siguientes cifras como “Votos Nulos”: MUNICIPALVOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS AREQUIPA 61 61 AREQUIPA - ALTO SELVA ALEGRE 61 61 AREQUIPA - JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO61 61 AREQUIPA - LA JOYA 61 61 AREQUIPA - MARIANO MELGAR 61 61 AREQUIPA - MIRAFLORES 61 61 AREQUIPA - PAUCAR PATA 61 61 AREQUIPA - SAN JUAN DE SIGUAS 61 61 AREQUIPA - SOCABAYA 61 61 AREQUIPA - UCHUMAYO 61 61 AREQUIPA - YANAHUARA 61 61 2.7. Lo antes señalado no implica la modi fi cación de la votación obtenida por cada lista, la cual debe mantenerse invariable. 2.8. De este modo, resolviendo las observaciones del acta electoral, corresponde declarar su validez y remitirla a la ONPE para su procesamiento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. Declarar VÁLIDA el Acta Electoral Nº 101052-38-E. 2. CONSIDERAR, en el Acta Electoral Nº 101052-38- E, las siguientes cifras: MUNICIPALVOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS AREQUIPA 61 61 AREQUIPA - ALTO SELVA ALEGRE 61 61 AREQUIPA - JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO61 61 AREQUIPA - LA JOYA 61 61 AREQUIPA - MARIANO MELGAR 61 61 AREQUIPA - MIRAFLORES 61 61 AREQUIPA - PAUCAR PATA 61 61 AREQUIPA - SAN JUAN DE SIGUAS 61 61 AREQUIPA - SOCABAYA 61 61 AREQUIPA - UCHUMAYO 61 61 AREQUIPA - YANAHUARA 61 61 3. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 101052-38-E se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 101052-38-E. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINA