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53 NORMAS LEGALES Martes 24 de mayo de 2022 El Peruano / MUNICIPALVOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS AREQUIPA - VITOR 5 5 AREQUIPA - YANAHUARA 5 5 AREQUIPA - YARABAMBA 5 5 CAMANÁ 5 5 CAMANÁ - JOSÉ MARÍA QUÍMPER 5 5 CAMANÁ - MARIANO NICOLÁS VALCÁRCEL 5 5 CAMANÁ - MARISCAL CÁCERES 5 5 CAMANÁ - NICOLÁS DE PIÉROLA 5 5 CAMANÁ - OCOÑA 5 5 CAMANÁ - QUILCA 5 5 CAMANÁ - SAMUEL PASTOR 5 5 CARAVELÍ 5 5 CARAVELÍ - ATICO 5 5 CARAVELÍ - ATIQUIPA 5 5 CARAVELÍ - CAHUACHO 5 5 CARAVELÍ - CHALA 5 5 CARAVELÍ - HUANUHUANU 5 5 CARAVELÍ - CARAVELÍ - JAQUI 5 5 CARAVELÍ - LOMAS 5 5 CAYLLOMA 5 5 CAYLLOMA - COPORAQUE 5 5 CAYLLOMA - LARI 5 5 CAYLLOMA - MACA 5 5 CAYLLOMA - MAJES 5 5 CAYLLOMA - SIBAYO 5 5 CAYLLOMA - TISCO 5 5 CONDESUYOS 5 5 ISLAY 5 5 ISLAY - ISLAY 5 5 3. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 109060-37-I se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 109060-37-I. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la lucha contra la COVID-19. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0927-2021-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0981-2021-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 6 de enero de 2022. 2069645-1Declaran válida Acta Electoral Nº 241021- 39- T , observada y remitida por la ONPE, correspondiente a elecciones internas de la organización política Juntos por el Desarrollo de Arequipa, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 - ERM 2022 RESOLUCIÓN Nº 0582-2022-JNE Expediente Nº EIERM.2022000101 MOLLENDO - ISLAY - AREQUIPA ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, diecinueve de mayo de dos mil veintidós.VISTA: el Acta Electoral Nº 241021-39-T, observada y remitida por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), correspondiente a las elecciones internas de la organización política Juntos por el Desarrollo de Arequipa, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 - ERM 2022; y CONSIDERANDO QUE: PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 4 del artículo 178 y el artículo 181 asignan al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entre otras, la función de administrar justicia en materia electoral en última y de fi nitiva instancia. 1.2. El numeral 8 del artículo 139 prevé: Artículo 139°.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional: […]8. El principio de no dejar de administrar justicia por vacío o de fi ciencia de la ley. En tal caso, deben aplicarse los principios generales del derecho y el derecho consuetudinario. 1.3. El artículo 185 establece, sobre el escrutinio público, que “[el] escrutinio de los votos en toda clase de elecciones […] se realiza en acto público e ininterrumpido sobre la mesa de sufragio. Sólo [sic] es revisable en los casos de error material o de impugnación, los cuales se resuelven conforme a ley [resaltado agregado]”. En la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE) 1.4. El artículo 284 dispone: El escrutinio realizado en las Mesas de Sufragio es irrevisable. Los Jurados Electorales Especiales se pronunciarán sólo [sic] sobre las apelaciones que se hubiesen interpuesto contra las resoluciones de la Mesa respecto de las impugnaciones a que se re fi eren los Artículos 268º y 282º de la presente ley y sobre los errores materiales en que se pudiese haber incurrido en las operaciones aritméticas del escrutinio [resaltado agregado]. 1.5. La Ley Nº 31357 1 otorgó a este Supremo Tribunal Electoral treinta (30) días calendario para emitir la reglamentación necesaria a fi n de garantizar el desarrollo del proceso de ERM 2022, tomando en cuenta la evolución y los efectos de la emergencia nacional sanitaria. En el Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 2 1.6. El artículo 44 indica que “los errores materiales u otro tipo de observación en las actas electorales al