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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (06/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Domingo 6 de noviembre de 2022 El Peruano / instituciones ejecutoras son el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) del Ministerio de la Producción (PRODUCE) de la República del Perú y el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) de la República de Costa Rica; Que, la asistencia técnica y capacitación que brindará el IMARPE contribuirá a mejorar los conocimientos y fortalecer capacidades de expertos y pescadores de Costa Rica a través del INA, mediante charlas presenciales y cursos intensivos sobre construcción, armado y uso de las distintas artes de pesca amigables con el ambiente, a partir de la experiencia del IMARPE; Que, en dicha actividad del Proyecto, participarán los cooperantes peruanos Julio Ricardo Alarcón Vélez y Carlos Martín Salazar Céspedes, personal del IMARPE quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en las ciudades de San José y Puntarenas, República de Costa Rica; Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de los citados cooperantes peruanos serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; Que, mediante Memoranda N° 0189-2022-APCI/OPP, N° 0199-2022-APCI/OPP, N° 0416-2022-APCI/OPP, de 05 y 10 de mayo de 2022, y de 12 de octubre de 2022, respectivamente, ha emitido las Notas N° 00000088, N° 00000092, N° 00000192 y 00000193, otorgando la certi fi cación de crédito presupuestario y ampliaciones que permitirá atender el citado gasto; Que, a través del Informe N° 0123-2022-APCI/DGNI, de 14 de octubre de 2022, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI ha emitido opinión técnica concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales para el desplazamiento a la República de Costa Rica de los citados cooperantes; Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, mediante Informe N° 0164-2022/APCI-OAJ, de 19 de octubre de 2022, opina favorablemente respecto a la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum (DCI) N° DCI000958/2022, de 21 de octubre de 2022, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica que ha veri fi cado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación; De conformidad con la Ley N° 31365 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales para el desplazamiento de los cooperantes peruanos Julio Ricardo Alarcón Vélez y Carlos Martín Salazar Céspedes, servidores del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) del Ministerio de la Producción (PRODUCE), quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la actividad “Visita técnica de especialistas peruanos del IMARPE en Costa Rica en el desarrollo de planes de trabajo de entrenamiento con pescadores para una pesca sostenible” del Proyecto denominado “Capacitación en diseño, construcción y uso de diversas tecnologías de artes de pesca para la extracción de recursos, basada en el enfoque por ecosistemas (ambientalmente seguro y selectivo) para Costa Rica”, a realizarse en las ciudades de San José y Puntarenas, República de Costa Rica, del 20 al 25 de noviembre, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDSeguros personales USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal de viáticos USDInternacional (Lima – San José – Lima)(Piura – Lima – Piura) Julio Ricardo Alarcón Vélez1073.47 0 75.34 315 6 1890 Carlos Martín Salazar Céspedes1073.47 357.51 75.34 315 6 1890 Artículo 2.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la Actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, con base a la presente autorización. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2121842-1 Autorizan a la APCI gasto por desplazamiento de cooperantes peruanas del INABIF, en el marco de actividades a realizarse en Honduras RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0653-2022-RE Lima, 3 noviembre de 2022VISTOS:El Memorándum (APC) N° APC000373/2022, de 20 de octubre de 2022, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; el Memorándum (DCI) N° DCI00956/2022, de 21 de octubre de 2022, de la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos; y, el Memorándum (LEG) N° LEG01954/2022, de 21 de octubre de 2022, de la Ofi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley N.° 27692 y sus normas modi fi catorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los bene fi cios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo N° 719, y sus normas modi fi catorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, cientí fi ca y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú;