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44 NORMAS LEGALES Domingo 6 de noviembre de 2022 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Designan Asesor II de Presidencia del Instituto Peruano del Deporte RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 129-2022-IPD/P Lima, 5 de noviembre de 2022VISTOS: El Informe N° 001440-2022-UP/IPD, emitido por la Unidad de Personal; el Informe N° 000606-2022-OAJ/IPD, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones, constituyéndose, además, en un pliego presupuestal; Que, el literal o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2004-PCM, establece que son funciones del presidente del Instituto Peruano del Deporte, entre otras, nombrar y contratar personal, poner término a sus servicios, de acuerdo con la normatividad vigente; Que, mediante Informe N° 001440-2022-UP/IPD, de fecha 05 de noviembre de 2022, la Unidad de Personal emite opinión favorable respecto de la designación del señor Jeremías Huamán Ramírez en el cargo de Asesor II de Presidencia del Instituto Peruano del Deporte, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos, conforme a lo dispuesto por la Presidencia del IPD a través del Memorando Nº 000253-2022-P/IPD; Que, contando con la opinión técnica de la Unidad de Personal, órgano encargado del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 000606-2022-OAJ/IPD, de fecha 05 de noviembre de 2022, concluye que resulta procedente emitir el acto resolutivo respecto a la designación dispuesta por la Presidencia del IPD; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Con el visto de la Unidad de Personal y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar al señor Jeremías Huamán Ramírez en el cargo de Asesor II de Presidencia del Instituto Peruano del Deporte. Artículo 2.- Cumplimiento Disponer que la Unidad de Personal de la O fi cina General de Administración proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución al interesado y a las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS HUERTA CHAVARRY Presidente 2122135-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Declaran infundado, en todos sus extremos, el recurso de reconsideración interpuesto por la Empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. contra a la Resolución N° 045-2020-OS/GRT RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 058-2022-OS/GRT Lima, 3 de noviembre de 2022 CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTESQue, mediante Resolución N° 045-2022-OS/GRT (en adelante “Resolución 045”), se aprobó el informe de liquidación de intereses compensatorios a junio de 2022, a ser cancelados, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 11 de la Norma “Procedimiento de liquidación de intereses compensatorios a ser cubiertos por el Fondo de Inclusión Social Energético en el marco de los dispuesto por los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia N° 035-2020 modi fi cado por el Decreto de Urgencia N° 062-2020”, aprobada por la Resolución N° 071-2020-OS/CD (en adelante, Procedimiento de Liquidación); Que, con fecha 19 de septiembre de 2022, la Empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. (en adelante “SEAL”), interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución 045. 2. RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y ANÁLISIS DE OSINERGMIN Que, SEAL solicita la modi fi cación de la Resolución 045, en el sentido que: PRIMER PETITORIO: Solicita se le reconozca los casos de recibos no cancelados que no han sido reconocidos para la aprobación de los intereses compensatorios, toda vez que, 8,100 usuarios de los 8,752 casos observados a la fecha ya han sido cancelados, por lo cual considera que deben continuar siendo cubiertos por los fondos del FISE. SEGUNDO PETITORIO: Solicita se reconsidere la Resolución 045 en el extremo que observó 13 260 usuarios por pagos extemporáneos (24 569 casos referidos en el numeral 1.1.32 del Recurso), debiendo aprobar los intereses compensatorios de la totalidad de dichos usuarios.