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90 NORMAS LEGALES Viernes 11 de noviembre de 2022 El Peruano / – DEPARTAMENTO DE JUNIN, de conformidad al literal l) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2022” Que, mediante O fi cio Nº 463-2022-GRJ/GGR, de fecha 27 de setiembre, la Gerencia General Regional, solicita aprobación de Transferencia Financiera al Consejo Regional, subsanando las observaciones detalladas en el O fi cio Nº 050-2022-GRJ/CPPPATyDI, indicando en el párrafo 2 y 3: “(…) precisándose que, para efectuar la modi fi cación presupuestal, previamente el pleno del Consejo Regional deberá autorizar la Transferencia fi nanciera antes señalada. En consecuencia este Despacho valida y otorga su conformidad para la aprobación de la citada transferencia fi nanciera e cumplimiento al Convenio Nº 28-2022-GOBIERNO REGIONAL JUNIN” Que, con fecha 27 de setiembre de 2022, la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, se reunió y aprobó, con voto de mayoría los documentos Remitidos por la Gerencia General con O fi cio Nº 461- 2022-GRJ/GGR para la Aprobación de la Transferencia Financiera a Favor de la Municipalidad Distrital de Pancan para el Proyecto Inversión Pública “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PISTAS Y VEREDAS DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO POBLADO DE JAJACHACA DEL DISTRITO DEL RICRAN – PROVINCIA DE JAUJA – DEPARTAMENTO DE JUNIN”, por un monto de S/. 331,000.00 (Trecientos Treinta y Un Mil con 00/100 soles). Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y contando con Dictamen favorable Nº 013-2022-GRJ-CR/CPPPATyDI de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, en concordancia con su Reglamento Interno, ha aprobado por UNANIMIDAD, lo siguiente: ACUERDO REGIONAL QUE APRUEBA AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA POR EL IMPORTE DE S/.331,000.00 (TRECIENTOS TREINTA Y UN MIL NUEVOS SOLES), PARA EL COFINANCIAMIENTO DEL PROYECTO “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PISTAS Y VEREDAS DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO POBLADO DE JAJACHACA DEL DISTRITO DE RICRÁN – PROVINCIA DE JAUJA – DEPARTAMENTO DE JUNIN”, CON CUI Nº 2550429, A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE RICRÁN ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR la autorización de la TRANSFERENCIA FINANCIERA por el Monto Total y Único a Transferir ascendente a S/. 331,000.00 (Trescientos Treinta Un Mil y 00/100 soles), a favor de la Municipalidad Distrital de Ricrán, destinado exclusivamente para el co fi nanciamiento del Proyecto de Inversión “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PISTAS Y VEREDAS DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO POBLADO DE JAJACHACA DEL DISTRITO DEL RICRAN – PROVINCIA DE JAUJA – DEPARTAMENTO DE JUNIN”, con CUI Nº 2550429. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional bajo responsabilidad, que conforme a sus funciones y facultades de cumplimiento a las recomendaciones y conclusiones de los informes Técnicos y Legales; la supervisión para el adecuado uso de los recursos fi nancieros transferidos; poner en conocimiento al OCI del Gobierno Regional de Junín, para efectos del control simultáneo a la ejecución del Proyecto detallado en el artículo primero del presente Acuerdo Regional; e informar cada 3 meses al Consejo Regional sobre el avance del proyecto. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General que en el marco de sus atribuciones encomiende a la Gerencia Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la TRANSFERENCIA FINANCIERA, que se aprueba en el artículo Primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional ordene a quien corresponda realice la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria de Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en la página web del Gobierno Regional Junín. Dado en la Sala Virtual de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 28 días del mes de setiembre de 2022. JORGE LUIS BUENDÍA VILLENA Consejero Delegado 2123701-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban el Anexo I.- Relación de vías locales como Estacionamiento Rotativo en el Distrito de Miraflores, y dictan otras disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 023-2022/MM Mira fl ores, 7 de noviembre de 2022 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MIRAFLORES:VISTOS, los Informes Nros. 208-2022-SGMUSV- GSC/MM y 209-2022-SGMUSV-GSC/MM de fecha 29 de setiembre de 2022, emitidos por la Subgerencia de Movilidad Urbana y Seguridad Vial; el Memorándum N° 604-2022-GSC/MM de fecha 04 de octubre de 2022, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Informe N° 221-2022-GAJ/MM de fecha 20 de octubre de 2022, emitido por la Gerencia Asesoría Jurídica; el Memorando N° 702-2022-GM/MM de fecha 24 de octubre de 2022, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el numeral 18.1 del artículo 18º de la norma antes señalada, establece las competencias de las municipalidades distritales en materia de transporte, tránsito y viabilidad, siendo que en materia de tránsito, las competencias se basan en la gestión y fi scalización, dentro de su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones que emita la municipalidad provincial respectiva y los reglamentos nacionales pertinentes; asimismo, en