TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Domingo 16 de octubre de 2022 El Peruano / las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Jennifer Stephanie Pizarro Chizán, Subdirectora de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, a la ciudad de Milán, República Italiana, del 23 al 30 de octubre de 2022, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo del evento que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos día US$Nro. de díasTotal viáticos en US$ Jennifer Steph- anie Pizarro Chizán2 140,62 Europa 540,00 6 3 240,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Jennifer Stephanie Pizarro Chizán, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2115777-1 Designan miembros del Comité Directivo del Centro de Innovación Tecnológica Turística - Artesanal CITE SIPÁN RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 276-2022-MINCETUR Lima, 14 de octubre de 2022VISTOS, el Informe N° 069-2022-MINCETUR/ VMT/DGA/DCITAT/CITE SIPÁN-MSD y el Informe N° 0058-2022-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-EVM de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, modi fi cado mediante Ley N° 31524, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, se norma la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, los cuales tienen por objeto, entre otros, contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos; Que, asimismo, el artículo 15 del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), crea los CITE Artesanales y Turísticos, públicos o privados, con la fi nalidad de promover la innovación tecnológica y el desarrollo de las actividades artesanales y turísticas, en el ámbito de su competencia; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y modi fi catoria, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, dispone, entre otros puntos, que el MINCETUR establece el procedimiento de creación, califi cación, promoción, supervisión, gestión y extinción de los CITE; Que, en tal sentido, mediante la Resolución Ministerial N° 264-2019-MINCETUR y modi fi catorias, se aprueba la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM, “Directiva que regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Artesanales y Turísticos – CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR”, la que en su numeral 7.1.3 y 7.1.4 establece que el Comité Directivo del CITE Público es el órgano supremo de gobierno interno conformado por un máximo de siete (7) miembros, designados por Resolución Ministerial con un periodo de vigencia de dos (02) años. Que, mediante la Resolución Suprema N° 006-2002-MINCETUR, se crea el Centro de Innovación Tecnológica Turística - Artesanal CITE SIPÁN, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con sede en el departamento de Lambayeque y mediante Resolución Ministerial N° 082-2020-MINCETUR se aprueba la nueva conformación del Comité Directivo del CITE SIPÁN; Que, la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo, mediante los documentos de Vistos, en el marco de lo previsto en la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM “Directiva que Regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Artesanales y Turísticos – CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR” y modi fi catorias, informa y da cuenta sobre las acciones, coordinaciones y resultado de los procesos de elección para la designación de los representantes de la actividad artesanal y de la actividad turística en el Comité Directivo del CITE SIPÁN, por lo que es necesario aprobar la nueva conformación del referido Comité; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, modi fi cado mediante la Ley N° 31524; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, modi fi cado mediante la Ley N° 31524; y, el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- El Comité Directivo del Centro de Innovación Tecnológica Turística - Artesanal CITE SIPÁN, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, se encuentra integrado por los siguientes miembros: Por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR: - Presidente Titular: Director (a) General de Estrategia Turística.