Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (16/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 16 de octubre de 2022 El Peruano / de manos clínica y ejecutarla de acuerdo con los momentos para la higiene de manos de la Organización Mundial de la Salud para pediatría: a) Antes de tocar al paciente; b) Antes de realizar una tarea limpia y aséptica; c) Después del riesgo de exposición a líquidos y secreciones corporales. Los juguetes de los niños hospitalizados no se deben intercambiar entre ellos, posterior al uso de los juguetes por los niños, estos deben ser lavados con agua y jabón y enjuagados prolijamente. El equipo de limpieza debe realizar la desinfección de los ambientes y de la unidad del paciente al ser dado de alta o ser trasladado a otro ambiente. 5.4. Sobre la bioseguridad para el personal de laboratorio: El personal de laboratorio debe dar cumplimiento a las normas de bioseguridad, como el uso de los elementos de protección personal durante el proceso de recepción, transporte, manipulación, conservación, procesamiento y acondicionamiento de las muestras para el envío al Laboratorio Referencial. Para las actividades con cultivos o con materiales clínicos potencialmente infecciosos, se recomiendan las prácticas, el equipo de contención y las instalaciones del Nivel de Bioseguridad 2, según lo detallado en el “Manual de Bioseguridad en el Laboratorio” 1 de la Organización Mundial de la Salud. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICASEl desarrollo de los procedimientos estandarizados relacionados a la vigilancia centinela de EDA, es el siguiente: 6.1. Captación de casos de EDA:6.1.1. Los miércoles de cada semana (incluso si es feriado), el profesional médico o de enfermería captará los casos de EDA acuosa o disentérica (máximo 5) en el servicio de emergencia, sala de observación o sala de rehidratación. No seleccionar a los pacientes que han recibido tratamiento con antibióticos. 6.1.2. De estos casos seleccionados se obtendrá una muestra de heces y se procederá al llenado de la fi cha clínico epidemiológica laboratorial. 6.2. Llenado de la fi cha clínico epidemiológica: 6.2.1. Todos los casos de EDA captados contarán con la fi cha clínico epidemiológica laboratorial con la información debidamente consignada por quien corresponda. 6.2.2. El médico tratante de emergencia o de sala de hospitalización, es el responsable del llenado de la información clínico epidemiológica contenida en la fi cha y dará la indicación de la toma de muestra al personal de enfermería del servicio. 6.2.3. El responsable de laboratorio del hospital centinela y/o laboratorio de referencia regional, deberá ingresar los resultados de las muestras obtenidas y analizadas en el Sistema NetLab (www.netlab.ins.gob.pe). 6.2.4. El responsable de la vigilancia epidemiológica centinela hace el control de calidad del llenado de la fi cha clínico epidemiológica laboratorial y del seguimiento para completar su llenado. 6.2.5. Todas las fi chas de los casos de EDA captados son archivadas por el responsable del área de epidemiología del centro centinela en la O fi cina de Epidemiología para el análisis posterior. 6.3. Procedimientos para la obtención, almacenamiento, transporte y procesamiento de muestras de laboratorio 6.3.1. Obtención de la muestra La muestra se debe obtener inmediatamente y hasta dentro de las 24 horas del ingreso al hospital, cumpliendo los siguientes pasos: a) Una vez obtenida la muestra (heces o hisopado rectal), tapar correctamente el frasco y rotular adecuadamente el recipiente con el nombre del paciente, edad, fecha y hora de obtención de la muestra de heces, posteriormente introducir el recipiente de la muestra en una bolsa con cierre hermético para evitar el derrame accidental del material y enviarlo inmediatamente al laboratorio centinela. b) Adjuntar a la muestra la fi cha clínico epidemiológica laboratorial. c) La cantidad de heces a obtener es de 2-5 gramos (2-5 cc) y debe colocarse en un recipiente de tapa rosca estéril con la ayuda de una espátula o bajalengua descartable. En caso de hisopado rectal, obtener la muestra por duplicado en medio Cary Blair d) En caso no se pueda obtener la muestra, estimular el esfínter anal en los menores de un año con un hisopo estéril y esperar a que se produzca la deposición en un pañal descartable colocado al revés (para evitar que caiga en la super fi cie absorbente). 6.3.2. Almacenamiento y transporte de muestras: Las muestras obtenidas (heces o hisopado rectal) serán remitidas inmediatamente al laboratorio centinela con la fi cha clínico epidemiológica laboratorial conservando la cadena de frío (temperatura de 2 a 8 °C). 6.3.3. Procesamiento de las muestras: a) El laboratorio del hospital centinela procesa las muestras mediante el cultivo microbiológico una vez por semana como máximo cinco (05) muestras. b) En caso la muestra no pueda ser procesada dentro de las dos (02) primeras horas, esta debe ser conservada a 2 a 8 °C. c) El control de calidad de las cepas de Campylobacter spp. aisladas por el laboratorio centinela queda a cargo del Instituto Nacional de Salud (INS). Asimismo, el laboratorio centinela deberá aprobar el Programa Anual de Evaluación Externa de Desempeño (PEED) del INS. d) Todas las cepas recuperadas correspondientes a Campylobacter spp. serán aisladas y remitidas al Laboratorio de Referencia Nacional (LRN) de Enteropatógenos del Centro Nacional de Salud Pública del INS para su con fi rmación y tipi fi cación. 6.4. Flujo y periodicidad de la información6.4.1. La información contenida en las fi chas clínico epidemiológica laboratorial de todos los casos será ingresada en el aplicativo especial de la vigilancia de EDA por Campylobacter spp. , por el responsable de epidemiología de esta vigilancia en el hospital centinela. 6.4.2. Semanalmente el encargado del laboratorio centinela remitirá los resultados obtenidos a la o fi cina de epidemiología del hospital centinela para que este ingrese la información del laboratorio en la base de datos. 6.4.3. Semanalmente el encargado del laboratorio centinela remitirá los resultados obtenidos al INS a través del Sistema NetLab. 6.4.4. El INS realiza el control de calidad del 100% de los aislamientos de Campylobacter spp. 6.5. De la participación en la implementación 6.5.1. Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC) a) Conducir y asistir técnicamente el presente proceso de vigilancia a nivel regional. b) Actualizar y consolidar la información de los hospitales centinela. c) Elaborar un reporte periódico de situación de la vigilancia. d) Capacitar a los equipos de vigilancia de los hospitales centinela. e) Supervisar la ejecución de las medidas descritas en la presente Directiva Sanitaria en el ámbito de su competencia. 6.5.2. Instituto Nacional de Salud a) Garantizar la estandarización de los procedimientos de laboratorio para el diagnóstico de Campylobacter spp .