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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (20/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 20 de octubre de 2022 El Peruano / Distrital de Bellavista a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2022-DRCHC/DDC CAJ/MC de fecha 23 de setiembre de 2022 contenido en el Informe N° 000451-2022/SDDPCICI DDCCAJ-DCC/MC, el Informe N° 000762-2022-DSFL/MC, Informe N° 000109-2022-DSFL-DRM/MC e Informe Nº 000154-2022-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código P-01, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2116606-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan representantes titular y alterno del Ministerio, ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0428-2022-MIDAGRI Lima, 18 de octubre de 2022VISTO: El Informe N° 0213-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre designación de representantes del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta; y, el Informe Legal N° 1401 -2022- MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 021-2013-PCM modi fi cado por Decreto Supremo N° 052-2016-PCM y Decreto Supremo N° 007-2019-MC, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta, la cual depende del Ministerio de Cultura, que tiene por objeto realizar acciones de seguimiento para la implementación de los acuerdos logrados en los procesos de Consulta Previa, conforme al artículo 15 de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo - OIT; Que, la citada Comisión Multisectorial está integrada entre otros por el/la titular, o representante, del Viceministerio de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego y asimismo, debe contar con un representante alterno, cuyo nombramiento se efectuará mediante resolución ministerial del sector al que pertenece, de acuerdo al numeral 2.2 del artículo 2 del citado Decreto Supremo y sus modi fi catorias; Que, por Resolución Ministerial N° 0587-2016-MINAGRI se designó al Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la citada Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta; Que, mediante el artículo 2 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 24 de noviembre de 2020, se dispone que a partir de la vigencia de la referida ley, el Ministerio de Agricultura y Riego se denomina Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Toda referencia normativa al Ministerio de Agricultura o al Ministerio de Agricultura y Riego debe ser entendida como efectuada al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI); Que, por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 21 de marzo de 2021, se aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones ROF del MIDAGRI, en cuyo artículo 71 y literal n) del artículo 72 se establece que, la Dirección General de Gestión Territorial, es el órgano de línea dependiente del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario y que tiene, entre sus funciones, participar en los procesos de consulta previa de medidas administrativas que involucren al Sector; Que, con Informe N° 0213-2022-MIDAGRI-SG/ OGPP-OPLA, la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, concluye que corresponde a el/la Director/a General de la Dirección General de Gestión Territorial asumir como representante alterno del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta; Que, asimismo, en el citado Informe se recomienda, formalizar mediante acto resolutivo la designación del representante titular y alterno del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta; Que, con las visaciones del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, de la Dirección General de Gestión Territorial, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0587-2016-MINAGRI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Designar a el/la Viceministro/a del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario y a el/la Director/a General de la Dirección General de Gestión Territorial, como representantes titular y alterno del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica de la referida Comisión Multisectorial a cargo de la Dirección de Consulta Previa de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y a los representantes indicados en el artículo 2, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y en la misma fecha en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri). Regístrese, comuníquese y publíqueseJENNY PATRICIA OCAMPO ESCALANTE Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2117252-1