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20 NORMAS LEGALES Jueves 20 de octubre de 2022 El Peruano / tecnológicos para potenciar el servicio educativo, con el fi n de brindar nuevas oportunidades de aprendizaje con tecnología que favorezcan una cultura digital a los actores educativos, en las instituciones educativas de gestión pública de la Educación Básica, según las necesidades pedagógicas y formativas; señalando las consideraciones para su implementación y su fi nanciamiento, así como un cronograma y presupuesto estimado; Que, el proyecto de Plan de Cierre de Brecha Digital - PCBD cuenta con las opiniones favorables de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto - UPP y de la Unidad de Programación de Inversiones –UPI de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto –OPEP, expresadas en los informes del Visto, en el marco de sus respectivas competencias; Que, el despacho del Viceministerio de Gestión Pedagógica remite el proyecto a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, quien emite opinión legal favorable al mismo, con el Informe N° 01210-2022-MINEDU/SG-OGAJ de fecha 13 de octubre de 2022, en el marco de sus competencias; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el literal g) del artículo 10 de la Ley N° 31224, Ley General de Educación, corresponde al Ministro de Educación aprobar los Planes de Actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestales correspondientes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 20844, la Ley General de Educación, Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el Decreto de Urgencia 006-2020 que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, el Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, el Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050, el Decreto Supremo Nº 009-2020-MINEDU que aprueba el Proyecto Educativo Nacional-PEN al 2036 “El reto de la ciudadanía plena”, el Decreto Supremo N° 013-2018-MINEDU que aprueba la Política de Atención Educativa para la Población de Ámbitos Rurales, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el documento denominado “Plan de Cierre de Brecha Digital” el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación – DITE la realización de las acciones necesarias para impulsar el cumplimiento del Plan de Cierre de Brecha Digital, y reportar sus resultados al despacho del Viceministerio de Gestión Pedagógica. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2116961-1 INTERIOR Autorizan viaje de General de la Policía Nacional del Perú a Chile, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1498-2022-IN Lima, 19 de octubre de 2022VISTOS, el O fi cio N° 1530-2022-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001933-2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de setiembre de 2022, el General Director de Carabineros de Chile, cursa invitación a la Policía Nacional del Perú, para que el Jefe de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional del Perú participe como expositor experto en el “Sexto Seminario internacional de Asuntos Internos, enfoque Anticorrupción”, con el tema “Metodología de trabajo investigativo ante delitos de funcionarios cometidos por miembros de la Institución, con apoyo de la casuística de hechos reales”, a llevarse a cabo del 24 al 27 de octubre de 2022, en la Escuela de Carabineros, ubicada en la ciudad de Santiago de la República de Chile; Que, con Informe Nº 133-2022-COMASGEN-CO- PNP/DIRNIC-DIRCOCOR de fecha 14 de octubre de 2022, la Dirección Contra la Corrupción de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la participación del General de la Policía Nacional del Perú Fredy López Mendoza, en el evento internacional antes mencionado; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 296-2022-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 14 de octubre de 2022, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del General de la Policía Nacional del Perú Fredy López Mendoza, del 23 al 28 de octubre de 2022, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para que participe como expositor experto en el “Sexto Seminario internacional de Asuntos Internos, enfoque Anticorrupción”, considerando que el mencionado O fi cial General aportará sus conocimientos y experiencias exponiendo la casuística de hechos reales respecto de los delitos cometidos por miembros de la institución policial; asimismo, permitirá fortalecer los lazos de cooperación policial, fortaleciendo las relaciones con los Carabineros de Chile, optimizando la proyección internacional del Perú, y por ende, de la Policía Nacional del Perú; Que, en ese sentido, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el seminario indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Informe Nº 228-2022-DIVECO-PNP-DPTO.RYV-SEC.RES. y la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000002621; mientras que, los gastos con concepto de alojamiento, alimentación y traslados, son asumidos por los Carabineros de Chile, conforme se precisa en la Carta S/N de setiembre de 2022, antes citada; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de Estudios (…)” ; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)” ;