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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (20/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 20 de octubre de 2022 El Peruano / Institucional y el Informe N° D000211-2022-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía y de transparencia en su gestión, entre otros; Que, con Decreto Supremo N° 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, cuyo objetivo general es dotar al Estado Peruano de mecanismos que garanticen la prevención y sanción de la corrupción, propiciar el mejoramiento continuo de las instituciones, corrigiendo aquellas fallas del sistema de las cuales se aprovecha la corrupción, que de acuerdo a lo indicado en el artículo 2 del citado dispositivo legal, es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, quienes deben adecuar su marco normativo a la referida norma; Que, asimismo, con Decreto Supremo N° 180- 2021-PCM se aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, que tiene por fi nalidad fortalecer la respuesta coordinada de todas las entidades pertenecientes al Poder Ejecutivo para asegurar el cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y la implementación del Modelo de Integridad para las entidades del sector público y asegurar la buena marcha de las entidades del Poder Ejecutivo, a través de la mitigación de riesgos que afectan la integridad pública y que dan paso a la ocurrencia de posibles actos de corrupción, así como de faltas administrativas y prácticas cuestionables; Que, a través de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, se establece que el Modelo de Integridad para las entidades del sector público, previsto en la Tabla N° 11 del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018 - 2021, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, se mantiene vigente hasta la actualización de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, el cual, dispone, entre otras acciones el establecer lineamientos para identi fi car los potenciales confl ictos de intereses en la entidad; Que, mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021-PCM/SIP, que aprueba la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del sector público”, se establecen medidas de desempeño para fortalecer una cultura de prevención y cumplimiento acorde con el modelo de integridad en las entidades de la administración pública; Que, el numeral 5.2.3.2. de la precitada directiva prescribe que, el órgano que ejerce la función de integridad cautela la implementación y ejecución de diversas acciones de prevención y mitigación de con fl ictos de intereses en la entidad, siendo una de ellas, la emisión de lineamientos para la gestión de con fl ictos de intereses para la identi fi cación y mitigación de situaciones que pueden con fi gurar con fl icto de intereses; Que, en el numeral 6.1.3 de la Directiva N° 001- 2019-PCM/SIP “Lineamientos para la implementación de función de integridad en las entidades de la Administración Publica”, aprobada por Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2019-PCM/SIP, se establece que cuando la entidad no cuente con una O fi cina de Integridad Institucional, la función de integridad recae en la máxima autoridad administrativa; Que, según lo establecido en el articulo 14 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, establece que la Secretaría General, es la más alta autoridad administrativa del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, en ese marco normativo, la Secretaría General a través de los Informes N° D000025-2022-MIMP-SG-YCV y N° D000030-2022-MIMP-SG-YCV sustenta la necesidad de aprobar los “Lineamientos para la prevención, identi fi cación y mitigación de con fl ictos de intereses en la sede central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” cuyo objetivo es establecer disposiciones que orienten a las/los servidoras/es del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) para identi fi car presuntos con fl ictos de intereses así como, aquellas relacionadas con las acciones de prevención y mitigación, de ser el caso, de presuntos con fl ictos de intereses; en ese sentido, cumple las funciones de la O fi cina de Integridad institucional; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de los Informes N° D000173-2022-MIMP-OMI y N° D000196-2022-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, emite opinión técnica favorable al proyecto de “Lineamientos para la gestión de confl ictos de intereses en la sede central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”; Que, mediante el Informe N° D000211-2022-MIMP- OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica estima legalmente procedente la emisión de la presente Resolución; Con las visaciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; y, SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la gestión de con fl ictos de intereses en la sede central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSSINA MANCHE MANTERO Secretaria General 2116706-1 PRODUCE Aprueban diversas Normas Técnicas Peruanas en su versión 2022 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 015-2022-INACAL/DN Lima, 13 de octubre de 2022 VISTO: El Informe N° 007-2022-INACAL/DN.PA.EN CONSIDERANDO:Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional