NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 168
TEXTO PAGINA: 158
158 NORMAS LEGALES Viernes 2 de setiembre de 2022 El Peruano / 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, establece entre otros aspectos que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el Literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional. En el Artículo 38º señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas al Gobernador Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales; y, el Artículo 45º establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República y el Literal a) del Artículo acotado, señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional, la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con el Artículo 4º Literales a) y b) de la Ley Nº 27902, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 117- 2016-CR/GRC CUSCO, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 11 de febrero del 2017, se aprobó el “Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Cusco”, como instrumento normativo y de gestión que regula el trámite de los usuarios o administrados a través de los servicios que presta el Gobierno Regional de Cusco, la misma que fue modi fi cada a través de la Ordenanza Regional Nº 206-2021-CR/GR CUSCO, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 02 de enero del año 2022, se aprobó la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Cusco, como consecuencia de la incorporación de 72 procedimientos administrativos estandarizados, 01 servicio prestado en exclusividad estandarizado y 02 servicios prestados en exclusividad; Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 176- 2020-CR/GR CUSCO, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 09 de octubre del año 2020, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Cusco y mediante la Resolución Gerencial General Regional Nº 320-2020-GR CUSCO/GGR, de fecha 02 de octubre del año 2020, se aprueba el plan de implementación del Reglamento de Organización y Funciones, donde se establecen procedimientos y actividades que se tienen que llevar a cabo para dicha implementación, en las cuales está la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, a través de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y mediante el Decreto Legislativo Nº 1203, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó la creación de la herramienta de Sistema Único de Trámites (SUT), con la fi nalidad de sistematizar el registro, revisión, visado, aprobación y publicación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que permite el análisis y simpli fi cación del procedimiento (Tablas ASME), la sustentación técnica del costo, elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en menor tiempo; Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2020-PCM/SGP, que aprueba la actualización del Manual de Usuario del Sistema Único de Trámites (SUT), prescribe: “…se eliminan los expedientes y documentos físicos. Se presume que la información registrada en los expedientes electrónicos y su correspondiente envío para revisión, se realizan con carácter o fi cial, pues son acciones coordinadas y ejecutadas por los administradores SUT, designados con resolución de la máxima autoridad administrativa de la entidad. Además, cabe precisar que la supervisión del proceso de elaboración o modi fi cación del TUPA a través del SUT, en las entidades de la administración pública, se encuentra a cargo del secretario general, gerente general o quien haga sus veces”; Que, la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información implementa el Sistema Único de Trámites (SUT) en el Gobierno Regional de Cusco, cumpliendo con lo establecido en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2020-PCM/SGP, que prorroga plazo a las entidades para la adecuación al nuevo formato del TUPA; Que, en búsqueda de una mejora en la calidad de la prestación de bienes y servicios, el Gobierno Central ha establecido la estandarización progresiva de procedimientos administrativos como política del estado peruano, cuya aplicación resulta común a distintas entidades a cargo del trámite y es aprobado por decreto supremo de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de acuerdo a lo indicado en el Numeral 41.1 del Artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados son de obligatoria aplicación por las entidades competentes para tramitarlos, las que no están facultadas para modi fi carlos o alterarlos ni requieren de la aprobación de otra entidad y deben ser incorporados en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, a través del Decreto Supremo Nº 112-2021- PCM y Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM se aprueban los procedimientos administrativos estandarizados del sector Energía y Minas y del sector de Comercio Exterior y Turismo, cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales; Que, a través del O fi cio Nº 0334-2022/INDECOPI- SRB de fecha 22 de abril del año 2022 y O fi cio Nº 0359-2022/INDECOPI-SRB de fecha 29 de abril del año 2022, la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI (SRB) solicitó al Gobierno Regional la actualización de los procedimientos administrativos del sector de Comercio Exterior y Turismo y del sector de Energía y Minas, como parte del Programa de Eliminación Voluntaria de Barreras Burocráticas; Que, en el marco de las disposiciones legales vigentes, se adecuaron 73 procedimientos administrativos estandarizados a cargo de la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos y 15 procedimientos administrativos estandarizados a cargo de la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo e Hidrocarburos mediante la herramienta informática SUT, generando así un nuevo Expediente de Carga Regular, a través del cual se ha modi fi cado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Cusco, cumpliendo con las disposiciones generales y de carácter sectorial que se hace mención en los considerandos precedentes; Que, en cumplimiento al Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 112-2021-PCM y Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM, en los cuales se indica que “los gobiernos regionales se encuentran facultados a establecer condiciones más favorables en la tramitación de los procedimientos administrativos estandarizados, que se expresa en la exigencia de menores actividades y plazos de atención a los establecidos en la normativa vigente respectiva”, la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información supervisó el proceso de adecuación de los procedimientos administrativos estandarizados, la cual se realiza de manera progresiva en cumplimiento a la publicación del Decreto Supremo que los apruebe; Que, mediante Memorándum Nº 561-2022-GR CUSCO/GREMH-GR y Memorándum Nº 215-2022-GR CUSCO/GERCETUR-GR se validan las tablas ASME y los costos de 73 procedimientos administrativos estandarizados a cargo de la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos y 15 procedimientos administrativos estandarizados a cargo de la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía, para su incorporación en el TUPA del Gobierno Regional de Cusco; Que, con la adecuación y aprobación de los procedimientos administrativos estandarizados se eliminan barreras burocráticas identi fi cadas en el TUPA