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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (09/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Viernes 9 de setiembre de 2022 El Peruano / General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01420-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 050-2022- DE, se designa al Técnico Supervisor FAP Narciso Zenobio QUISPE CAMAYO para ocupar el cargo de Asesor en Archivo Interno en la División de Personal de la Subsecretaría de Servicios Administrativos y Conferencias (SSAC) de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa ante la Organización de los Estados Americanos (JID-OEA), con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 15 de setiembre de 2022 al 14 de setiembre de 2024, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, con Informe Legal N° 010-2022-EMAJ, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú opina favorablemente a la autorización de viaje del Técnico Supervisor FAP Narciso Zenobio QUISPE CAMAYO, para ocupar el cargo de Asesor en Archivo Interno en la División de Personal de la Subsecretaría de Servicios Administrativos y Conferencias (SSAC) de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa, ante la Organización de los Estados Americanos (JID-OEA); Que, la Exposición de Motivos, suscrita por el Director de Asuntos Internacionales de la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje del personal militar FAP, en comisión especial en el exterior, por cuanto permitirá contribuir de manera efi ciente en el cumplimiento de la misión asignada a la Secretaría y al actual Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa de la Organización de los Estados Americanos (JID-OEA), contribuyendo con ello el éxito de la gestión y fortaleciendo la imagen y prestigio de la Fuerza Aérea del Perú, asimismo, que es una oportunidad para que el personal militar designado obtenga experiencias y conocimientos en los diferentes temas respecto a representación y consejería en asuntos hemisféricos de defensa y seguridad desde la perspectiva del ámbito aeroespacial; Que, la Hoja de Gastos HG-N° 0064 DGVC-ME/SIAF- SP, del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida (titular y cónyuge), traslado de ida y compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero correspondiente al Año Fiscal 2022 se efecturá con cargo al Presupuesto Institucional de la Fuerza Aérea del Perú, conforme al artículo 18 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, concordante con el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; Que, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 000000005 y N° 0000000014 garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2022, debiendo imputarse los pagos correspondientes a los años posteriores al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar FAP designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del O fi cio Extra FAP Nº 001098-2022-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita autorizar el viaje, en comisión especial en el exterior, del Técnico Supervisor FAP Narciso Zenobio QUISPE CAMAYO para ocupar el cargo de Asesor en Archivo Interno en la División de Personal de la Subsecretaría de Servicios Administrativos y Conferencias (SSAC) de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa, ante la Organización de los Estados Americanos (JID-OEA), ubicada en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 15 de setiembre de 2022 al 14 de setiembre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 14 de setiembre de 2022 y su retorno el 15 de setiembre de 2024; Que, el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, el pago de los conceptos que corresponde al personal designado bajo dicha modalidad, se sujeta a lo dispuesto en el artículo 18 del citado Reglamento y a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 001884-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 385-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal Nº 01420-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje en comisión especial en el exterior, del Técnico Supervisor FAP Narciso Zenobio QUISPE CAMAYO, para ocupar el cargo de Asesor en Archivo Interno en la División de Personal de la Subsecretaría de Servicios Administrativos y Conferencias (SSAC) de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa, ante la Organización de los Estados Americanos (JID-OEA), ubicada en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, por encontrarse conforme a la normativa sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y